créditos fiscales

Al negar un amparo, la SCJN declaró constitucional un artículo transitorio de la ley de ingresos del 2007, la cual estableció como facultad del SAT y de autoridades tributarias locales condonar créditos fiscales.

La Ley de Ingresos de la Federación (LIF) indica que el reporte deberá contener: sector, actividad, tipo de contribuyente, porcentaje de cancelación y las causas que originaron su no cobro.

El IFAI ordenó al Servicio de Administración Tributaria abrir la información relacionada con las personas físicas y morales que se beneficiaron por la cancelación de créditos fiscales, cuyo monto alcanza $73,900 millones.

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