Hasta 30% de impuesto se debe pagar por vender un inmueble

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Gabriela López / El Economista

Si usted compró una casa como forma de inversión y ahora desea venderla, tome en cuenta que podría pagar hasta 30% de Impuesto Sobre la Renta (ISR).

Modificaciones al artículo 109 de la Ley del ISR, que entraron en vigor este año, establecen que para estar exento de ese impuesto es necesario demostrar que se habitó en la vivienda al menos cinco años y que su valor no exceda 1 millón 500,000 unidades de inversión (Udis), aproximadamente 6.6 millones de pesos.

“En caso de que no haya vivido los últimos cinco años en ese lugar, entonces se deberá aplicar el tope de 1.5 millones de Udis”, dice a El Economista Rubén Herrero, presidente de Impuestum.

Antes de las modificaciones sólo era necesario demostrar que había residido allí dos años para acreditar la venta. Sin embargo, ahora la autoridad hacendaria quiere que la gente que hace negocio en este rubro pague el impuesto que corresponde, explica el especialista.

La forma de comprobar que se vivió en ese inmueble es a través de documentos como el predial, el recibo de luz, estados de cuenta bancarios o con la credencial de elector.

Más que sumas y restas

Para hacer el cálculo del impuesto a pagar, cuya tasa máxima es de 30%, la autoridad fiscal toma en cuenta los gastos que se hicieron por concepto de impuestos pagados, los derechos de registro, valuación, así como los de escrituración al momento de adquirir la vivienda.

Todo esto se resta de la utilidad generada y a ésta se aplica el Impuesto Sobre la Renta.

Además la ganancia se dividirá entre el número de años transcurridos entre la fecha de adquisición y la de enajenación, sin exceder de 20 años.

Debido a que es un procedimiento complejo, el Presidente de Impuestum recomienda que sean los fedatarios quienes se hagan responsables del mismo.

Cabe destacar que para efectos fiscales, los documentos relacionados con este tipo de operaciones se deberán reportar en la declaración anual.

Con respecto al comprador, éste debe pagar los honorarios del notario, los derechos de registro o escrituración y el Impuesto sobre Adquisición de Bienes Inmuebles, el cual es un gravamen local que varía dependiendo del lugar donde se encuentre la casa y es en promedio de 2% del valor de la propiedad.

glopez@eleconomista.com.mx

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