IETU gana terreno en SCJN
Omar Brito / El Economista
El Impuesto Empresarial a Tasa Única continúa ganando terreno en la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la cual negó el amparo en gran parte de los términos generales de la ley.
Los ministros del máximo tribunal determinaron que la deducibilidad de intereses, la no deducibilidad de pérdidas fiscales en ejercicios anteriores y la pérdida del derecho a ejercer los créditos y acreditamientos fiscales previstos en la ley son constitucionales.
Esto quiere decir que consideraron que no existe violación al principio de proporcionalidad tributaria, principal argumento de las empresas que interpusieron un recurso de amparo.
El pleno de la SCJN continúa en la discusión del amparo 501/2009 promovido por Hacienda San Patricio, con el cual se dictará jurisprudencia y se resolverán los otros nueve amparos (en estos se encuentran acumulados gran parte de los más de 40,000 amparos contra el IETU).
Dentro de este recurso de revisión quedaron pendientes por votar dos temas torales para finalizar la discusión del gravamen: la devolución del Impuesto al Activo y la irretroactividad de la ley, y la no deducibilidad del pago de regalías derivadas de operaciones entre partes relacionadas.
El último es el más importante hasta el momento, debido a que fue el único proyecto, a cargo de la ministra Margarita Luna Ramos, que otorgaba el amparo a los quejosos.
No obstante, hasta el momento seis de los 11 ministros se pronunciaron en contra de dicho proyecto, por lo que se prevé otra derrota para los promoventes.
Por su parte, Luna Ramos argumentó: “Hay un problema de equidad tributaria en el manejo discriminatorio que se está dando a que se pueden deducir, que pueda haber una deducción cuando se realizan estas operaciones a partes relacionadas y que esto no lo puedan hacer quienes en un momento dado no realizan estas operaciones con partes relacionadas”.
En tanto, la ministra Olga Sánchez Cordero abundó: “No comparto, respetuosamente, las consideraciones que contienen o que se contienen en el proyecto, en virtud de que la no deducibilidad de las regalías pagadas entre partes relacionadas se justifica plenamente en una de las finalidades del IETU, que ese es precisamente para algunos de nosotros un impuesto de control”.
El Impuesto Empresarial a Tasa Única es complicado para algunos magistrados, quienes han emitido su voto en un sentido y posteriormente, en la siguiente sesión lo cambian como fue el caso del ministro de la Suprema Corte de Justicia Franco González Salas.
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Se trata de MINISTROS de la
Se trata de MINISTROS de la suprema corte, no MAGISTRADOS.
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