Reglas y disciplina
Francisco J. Núñez de la Peña
Los gobiernos difícilmente resisten la tentación de gastar. Siempre tienen presiones para utilizar los recursos disponibles (normales o transitorios). Por eso se requieren reglas y disciplina.
Por ejemplo, la Ley de Responsabilidad Fiscal chilena promulgada en agosto del 2006 dice: “El Presidente de la República, dentro de los 90 días siguientes a la fecha en que asuma sus funciones, mediante decreto supremo expedido por intermedio del Ministerio de Hacienda, establecerá las bases de la política fiscal que se aplicará durante su administración, que deberá incluir un pronunciamiento explícito acerca de las implicancias y efectos que tendrá su política sobre el balance estructural correspondiente al periodo de su administración”.
En Chile, el déficit del gobierno central fue equivalente a 3.8% del Producto Interno Bruto en enero-septiembre del 2009. El balance efectivo en este año de recesión será negativo por primera vez desde el 2003, cuando fue equivalente a -0.6% del PIB (balance estructural +0.8% y componente cíclico -1.4 por ciento).
Este deterioro de las finanzas públicas no es alarmante, pero será una restricción para el nuevo gobierno. Probablemente, la historia de disciplina fiscal no se alterará. ¿Por qué?
Por ejemplo, en el programa de Sebastián Piñera Echenique, quien obtuvo 44.1% de los votos en la primera vuelta (13 de diciembre del 2009), se afirma:
“[…] Se mantendrá la regla del balance estructural y existirá prudencia en el aumento del gasto público. […] Durante los últimos años el gasto del gobierno central ha experimentado un fuerte crecimiento de aproximadamente 12,000 millones de dólares, lo cual representa un aumento promedio de 9.7% real anual, lo que en definitiva no es sustentable en el tiempo”.
Desde el 2001, la política fiscal chilena se ha basado en el concepto de un balance estructural, que muestra la situación fiscal en una perspectiva de mediano plazo. Esto implica estimar el ingreso que se obtendría eliminando el efecto del ciclo económico y autorizar un gasto público coherente con dicho ingreso.
En la práctica, esto significa ahorro en tiempos de bonanza cuando se reciben ingresos que son transitorios, para utilizarlos cuando los ingresos caen o es necesario aumentar el gasto.
El indicador del balance estructural aísla el efecto cíclico de tres variables que influyen en la determinación de los ingresos del gobierno: la actividad económica y los precios del cobre y el molibdeno. Ese balance refleja los resultados financieros que hubiese tenido el gobierno en un año, si el Producto Interno Bruto hubiese estado en su nivel de tendencia y los precios del cobre y del molibdeno fuesen los de largo plazo.
La Ley de Responsabilidad Fiscal institucionalizó la política de balance estructural. Desde su adopción, la autoridad se impuso una meta de superávit estructural anual igual a 1% del PIB.
Esta meta se eligió por tres razones: la existencia del déficit operacional estructural y el patrimonio negativo del Banco Central de Chile, producto del rescate de la banca privada en los años 80 y de la política cambiaria de los años 90; la existencia de pasivos contingentes relacionados principalmente con la garantía estatal de pensiones mínimas y de vejez; y por la existencia de vulnerabilidades externas asociadas a desajustes cambiarios y potenciales limitaciones al endeudamiento externo en moneda nacional (OECD Journal on Budgeting, 2007).
fnunez@eleconomista.com.mx







Añadir comentario