Los límites que fijó la CFC aseguran una justa competencia

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Claudia Juárez Escalona / El Economista

Los límites en la acumulación de espectro en la licitación de frecuencias para servicios de telefonía móvil e Internet, que fijó la Comisión Federal de Competencia (CFC), sirven para evitar concentraciones indebidas y prácticas monopólicas, de acuerdo con Gonzalo Martínez Pous, comisionado de la Comisión Federal de Telecomunicacines (Cofetel).

De modo que ninguna empresa podrá acumular más de 70 megahertz (MHz) en las bandas de frecuencia 800 MHz y 1.9 GHz de la licitación 20, referente a las frecuencias para servicios de telefonía celular, y no será posible obtener más de 80 MHz en las bandas de frecuencia 800 MHz, 1.9 GHz y 1.7-2.1 GHz de la licitación 21, para servicios de Internet.

La mayoría de los países integrantes de la Organización para Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) han enfrentado juicios de los tribunales principalmente por la acumulación de espectro, de acuerdo con el organismo, la correcta asignación de frecuencias para servicios de Internet y telefonía móvil a través de procesos de licitación es un aspecto clave de políticas de telecomunicaciones; sin embargo, generalmente se ven impugnadas por la acumulación de frecuencias.

Van 48 juicios de amparo

En México, los juicios de amparo suman 48, pero hasta el momento la Cofetel ha defendido las licitaciones en los tribunales, sin que hasta el momento los procesos se hayan visto entorpecidos.

Las frecuencias a las que tendrán acceso las empresas participantes permitirán la provisión y ampliación de los servicios de telecomunicaciones de las empresas participantes, además de que ayudarán a mejorar la transmisión de los servicios que actualmente proveen a sus usuarios.

cjescalona@eleconomista.com.mx

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