Desempleo aún no cede
María del Pilar Martínez / El Economista
El desempleo abierto en el país, durante marzo se ubicó en 4.81% de la Población Económicamente Activa (PEA), porcentaje superior al que se registró en igual mes de un año antes, cuando se situó en 4.76 por ciento.
Así lo dio a conocer el INEGI en su reporte mensual de la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE) en el que refiere que por sexo, la desocupación en los hombres disminuyó al pasar de 4.86% a 4.69%; mientras que la de las mujeres avanzó de 4.59% a 5.02% de marzo de 2009 a igual mes del presente año.
Así en el país, el número de desempleados permanece por arriba de los 2 millones de personas. Sin embargo; en el mes de febrero la tasa de desempleo (5.3%) fue más elevada a la que se reporta en marzo.
En el mes que se reporta, un 26.6% de los desocupados no completó los estudios de secundaria, en tanto que los de mayor nivel de instrucción representaron al 73.4%. Las cifras para la situación de subocupación son de 46.4% y de 53.4%, respectivamente.
Cabe destacar que 58.6% de la población de 14 años y más en el país se encontraba disponible para producir bienes o servicios (económicamente activa); el restante 41.4% se ubicó en la población no económicamente activa.
Asimismo, el INEGI informó que la población subocupada, esto es, la que declaró tener necesidad y disponibilidad para trabajar más horas representó 8.2% de la PEA y 8.6% de la población ocupada. Estas proporciones son más altas que las del mismo mes de un año antes, cuando se ubicaron en 8 y 8.4%, respectivamente.
Más hombres que mujeres presentaron características de subocupación en marzo de 2010 correspondiendo a esta categoría el 9.6% de la población ocupada masculina frente al 6.9% de la femenina.










Reflexiones: Comisiones del Senado aprueban en lo general la ley
Felipe Calderón.- Presidente de México.
Cámaras legislativas de Diputados y Senadores de México.
Respetuosamente
En relación a la Nota de la Jornada de hoy 23 de Abril del 2010: Comisiones del Senado aprueban en lo general la ley de seguridad nacional, al respecto me permito comentar:
Con las reformas de ley al fuero militar, y la posibilidad de la intervensión de las cortes internacionales en materia de derchos humanos, los teologos de la liberación agitadores de los pueblos, estan poniendo a los politicos exactamente donde quieren tenerlos.
Los teologos de la liberación, desde ahora podrán tener armas legales, para actuar contra los politicos y hacerlos responsables y pagar, en caso de que haya muertos masivos, “genocidios”. Con su modus operandi, los teologos de la liberación, provocan a manera del vini vidi vinci, estas trampas genocidas para que ellos tengan armas para negociar.
Los teologos de la liberación, nunca estan al frente, para evitar ser responsabilizados, siempre usan a terceros en este caso serán a los politicos, que caigan en las trampas, y a los cautivos inocentes ciudadanos pauperizados de las naciones, en este caso de México, que viven y sufren las carencias nacionales y la misma violencia social de todos los dias.
Dice la nota de la Jornada: Que el ejercito no podrá ser convocado en caso de movimientos sindicales, sociales o político-electorales, aunque éstos provocaran alguna afectación a la seguridad interior. Ello significa que en estos casos, el ejercito legalmente no va a poder intervenir, lo cual augura violencia y por consecuencia, si no hay control oportuno, estarémos entrando a la anarquía generalizada en México.
¿Entonces quien va a reataurar la paz social, en esos casos?
¿Será la policía?
Y si quien toma la desición de que la policia intervenga en esos casos, y si por trampa, la policia igualmente pudiera violar los derechos humanos, por esa via, entonces se puede generar un virtual genocidio, y por ello la intervensión de la corte penal internacional, quien estará esperando para su intervención y requerir sus cotas de poder interno.
Se debe de analizar con más profunidad y trascendencia la expedición de leyes en ésta materia, so pena de caer en las trampas de los teologos de la liberación, y por ello sufrir las consecuencias de la anarquía, por lo que paralelamente, con toda URGENCIA, se requiere dar solución al problema de la violencia en su origen, es decir URGE promover la inversión directa de los mismos mexicanos para la generación de empleo, seguro, permanente y remunerativo para todos los mexicanos, que minimice la violencia y sus efectos desestabilizadores generadores de ingobernabilidad.
Hay que romper el circulo vicioso que la falta de inversión directa, genera limitando el empleo, que a su vez la falta de empleo genera pobreza. La pobreza genera violencia, y la violencia genera más violencia e inestabilidad politica, ingobernabilidad y con ello llega la anarquía... con más pobreza, por el simple hecho de soslayar la inversión directa interna generadora de empleo. Las dependencias oficiales encargadas tienen que hacer su trabajo...
Esperando que estas reflexiones sean de interes, agradezco la atención.
Que Dios los Bendiga
Atte
Ing. Luis Felipe Ayala Soto
Hnos. Talamantes 1295
Entre Tepic y Culiacán
Colonia el Sahuaro
Hermosillo, Sonora, México.
C.P. 83170
Tel 01 662 2190766
Fax 01 662 2190767
lfayalas@hotmail.com
jesucristo_951@hotmail.com
a 23 de Abril del 2010.
http://www.jornada.unam.mx/2010/04/23/index.php?section=politica&article=010n1pol
Comisiones del Senado aprueban en lo general la ley de seguridad nacional
Militares que violen derechos en la lucha antinarco enfrentarán a la justicia civil
Fracasa intento de Gómez Mont para que los legisladores esperaran la iniciativa del Ejecutivo
Andrea Becerril y Víctor Ballinas
Periódico La Jornada
Viernes 23 de abril de 2010, p. 10
La Cámara de Senadores aprobó anoche en comisiones, en lo general, la ley de seguridad nacional, por la cual se legaliza la participación temporal del Ejército en la lucha contra el narcotráfico y se establece que los militares que cometan delitos contra civiles sean juzgados en tribunales del fuero común.
No obstante que por la mañana el secretario de Gobernación, Fernando Gómez Mont, solicitó a los senadores que no tocaran el fuero militar y que esperaran la iniciativa de Presidencia, la mayoría de PRI, PRD y PAN aprobó una redacción, que remite a la Constitución y los tratados internacionales, con la finalidad de que los integrantes de las fuerzas armadas que cometan violaciones graves a los derechos humanos de ciudadanos en operativos contra el narcotráfico, respondan por esos actos ante el fuero común.
El senador Pablo Gómez, del PRD, votó en contra. Consideró que la modificación debía ir más a fondo, ya que “no puede legalizarse que los militares sigan en tareas policiacas, aunque sea de forma temporal y reglamentada, sin asegurar la protección de derechos básicos de la población”.
También el senador Felipe González, del PAN, votó en contra del artículo 72; fundamentalmente porque pretendía que no se tocara el fuero militar.
Su compañero de bancada Santiago Creel propuso que se remitieran a la Constitución; pero el perredista René Arce insistió en que no se podía aprobar el dictamen sobre la ley de seguridad nacional sin normar un punto tan delicado como la protección de los civiles, sobre todo en la actual coyuntura, en que han muerto ciudadanos inocentes en fuego cruzado entre el Ejército y los delincuentes.
Arce destacó que puede presentarse una situación más delicada en la que muchos civiles resulten afectados, y los responsables no sólo serán los militares, sino los legisladores que no reglamentaron su actuación.
El presidente de la Comisión de Gobernación, Jesús Murillo Karam, presentó una propuesta de redacción del artículo 72 de la ley, que salvó la discusión y logró el voto de la mayoría de los perredistas:
“En las tareas de auxilio de la fuerza armada permanente a la que se refiere este título, las conductas que sus miembros realicen y pudieran ser constitutivas de delito, que afecten a personas civiles, serán perseguidas y sancionadas por los tribunales competentes, con estricta observancia de los principios de objetividad, independencia, imparcialidad, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 13 y 133 constitucionales.”
El artículo 13 constitucional señala que “cuando en un delito o falta del orden militar estuviese complicado un paisano, conocerá del caso la autoridad civil que corresponda”. Y el artículo 133 determina la vigencia de los tratados internacionales, y se menciona como referencia a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, que sentenció al gobierno mexicano a cambiar la legislación en materia de fuero militar.
En la reunión de ayer de las comisiones de Gobernación, Seguridad Pública y Estudios Legislativos segunda se aprobó también que una vez promulgada la ley, habrá un plazo de 90 días para el retiro definitivo del Ejército a los cuarteles y sólo podrán permanecer aquellos que cumplan con las nuevas disposiciones.
Es decir, que el Congreso local solicite apoyo del Ejército al Consejo Nacional de Seguridad Nacional y que éste emita una “declaratoria de afectación a la seguridad interior”, que permitiría a los militares auxiliar a la autoridad civil de algún municipio, estado o región para combatir a narcotraficantes y otras bandas criminales.
Durante la discusión, que se prolongó casi cinco horas, los senadores aprobaron cambios de fondo: se eliminó el requisito de que el Senado aprobara el envío temporal de tropas a alguna entidad, y se decidió que la actuación de los militares se restringirá al combate al crimen organizado y no podrán ser convocados en caso de movimientos sindicales, sociales o político-electorales, aunque éstos provocaran alguna afectación a la seguridad interior.
En el primer proyecto de borrador que presentó Murillo Karam la semana pasada, se otorgaba al Senado la facultad de aprobar que el Ejecutivo hiciera uso del Ejército y la Armada para enviarlos a combatir el narcotráfico; pero este miércoles, en otra reunión de comisiones, presentó otro proyecto de dictamen del cual se eliminó esa propuesta.
Ayer, ese tema dividió a todas las bancadas, especialmente al PRI. Incluso el coordinador de los priístas, Manlio Fabio Beltrones, discutió en pleno salón de sesiones con Murillo y otros senadores, ante quienes insistió en que no podía darse esa facultad al Senado, que lo haría responsable también en caso de que haya muertos civiles durante los operativos militares.
También Pablo Gómez objetó ese punto, ya que la Constitución, afirmó, sólo faculta al Presidente de la República para disponer de las tropas.
Al final, en el artículo 69 se señala que el Senado sólo deberá revisar el procedimiento, para verificar que la declaratoria de afectación a la seguridad interior, que permite al Ejecutivo disponer de la fuerza armada permanente, se ajuste a la legislación. El dictamen sobre la ley se aprobó, en lo general, por mayoría.
Quedó pendiente la aprobación de las normas sobre retenes militares, pero los legisladores acordaron que el lunes próximo presentarán un texto alterno con la finalidad de que el dictamen se presente en primera lectura en la sesión del martes.
Añadir comentario