Decreto del Ejecutivo, ilegal: expertos en Derecho

CREDITO: 
Rubén Torres / El Economista
Es viable que los inconformes con la desaparición de LFC y el SME acudan a los tribunales, principalmente a la SCJN vía Acción de Inconstitucionalidad o bien, Controversia Constitucional pero igual con un recurso de amparo ante los juzgados laborales.

Es viable que los inconformes con la desaparición de Luz y Fuerza del Centro (LFC) y el Sindicato Mexicano de Electricistas (SME) acudan a los tribunales, principalmente a la SCJN vía Acción de Inconstitucionalidad o bien, Controversia Constitucional pero igual con un recurso de amparo ante los juzgados laborales.

Esto según el abogado constitucionalista Raúl Carranca y Rivas y el doctor en Derecho Laboral Néstor de Buen, quienes, consultados al respecto, expresaron que el decreto de liquidación, aplicado por el presidente Felipe Calderón es “ilegal e irregular’’.

Para el efecto del amparo laboral, el sindicato mantiene la figura jurídica como tal, dada la Ley Federal del Trabajo, pero también cada uno de los trabajadores pueden hacerlo.

Para la Acción de Inconstitucionalidad o Controversia Constitucional, ambas tendrían que estar respaldadas por senadores o diputados.

En la Cámara de Diputados, compuesta por 500 integrantes, requiere un mínimo de 166 legisladores y en el Senado requiere un mínimo de 42, que en ambos casos representaría un tercio en cada uno de los plenos.

Carranca ymanifestó que el Decreto se apoyó en la fracción primera del Artículo 89 constitucional. “En mi opinión es erróneo porque la fracción faculta al Presidente a promulgar y ejecutar leyes que expide el Congreso. No sé qué tenga que ver con lo que hizo, porque ni está promulgando ni está ejecutando leyes del Congreso’’.

“El Congreso tiene facultades para legislar en materia eléctrica y debió dirigirse a ellos, darles vista, pero lo pasó por alto, no porque sea materia de legislación sino porque el Presidente anuló lo que ya existía, es decir el fundamento legal de la empresa u organismo que desapareció’’.

En tanto, Néstor de Buen expuso que el Presidente “no puede cancelar una empresa por decreto, debido a que la Ley Federal del Trabajo establece una vía de conflicto colectivo de naturaleza económica y ésta se tenía que haber seguido’’.

rtorres@eleconomista.com.mx

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