Limitan diputados los amparos fiscales
Aprueban cambios a la Carta Magna para acotar la figura
La Cámara de Diputados limitó la posibilidad de amparo contra reformas fiscales y nuevos impuestos.
A través de una reforma al Artículo 107 de la Constitución, aprobada ayer con 335 votos en favor y uno en contra, se establecieron las nuevas reglas para que los contribuyentes se amparen en aspectos de materia fiscal.
Dicha modificación a la Carta Magna, “da sentido a los ingresos del Estado”, declaró Juan José Rodríguez Pratts, diputado del PAN y miembro de la Comisión de Puntos Constitucionales, mientras que César Camacho Quiroz, del PRI, aseveró que es un acto de “heterodoxia jurídica”, ya que se le está dando fin a 150 años de trabas jurídicas, y se restauró la imagen del amparo, dejando de ser sólo para iniciados y objeto de abuso del poder público”.
El dictamen aprobado especifica que los juicios de amparo en materia fiscal tendrán efectos generales sólo cuando se presenten de manera colectiva y serán resueltos por el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, cuyas sentencias, cuando se determine la inconstitucionalidad de una disposición tributaria se requerirán los votos de ocho de los 11 ministros, además de que su aplicación no será retroactiva.
Los juicios de amparo contra leyes en materia fiscal que se inicien o que se encuentren en trámite seguirán rigiéndose por las disposiciones legales vigentes. En cuanto a las suspensiones provisionales o definitivas otorgadas en este tipo de procesos y que se encuentren vigentes al tiempo de la aplicación de la ley, serán revocadas por el juez que las haya otorgado.
Entre los argumentos que presentaron los diputados para avalar la reforma, se expresó que los juicios fiscales eran tomados como una estrategia de negocios, ya que se ha creado, a partir de la liberación del pago de impuestos de varios negocios, un incentivo para que todas las empresas planeen sus ejercicios tributarios contemplando la promoción de amparos.
Durante el sexenio pasado, el gobierno devolvió más de 47,000 millones de pesos por concepto de amparos, mientras que en el periodo que comprende del 2006 al 2008, el monto en litigio asciende a 346,000 millones de pesos, bolsa equivalente a la suma del gasto asignado a diversos programas sociales y presupuestos de varias dependencias públicas.
El proyecto fue turnado a la Cámara de Senadores para su análisis.
Juristas en desacuerdo
Entre los pronunciamientos expuestos por la Barra Nacional de Abogados (BNA), respecto de esta iniciativa, los juristas de este cuerpo colegiado argumentaron que el hecho de que las sentencias emitidas sean aprobadas sólo por mayoría (8 votos de 11), desestimará los motivos que originaron la demanda.
Además, advierten que se les deja la puerta abierta a los legisladores de crear o modificar impuestos “a su antojo”, a pesar de que algunos sean inconstitucionales, aunque “serán suficientes para cubrir sus presupuestos”.
valores@eleconomista.com.mx








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