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Sin efecto, amparo a mineros: GMéxico

La empresa recordó que las instalaciones de la mina de Cananea están en su poder desde el 7 de junio y tras su recuperación las relaciones con los trabajadores no existen, así como el supuesto desalojo.

La minera Mexicana de Cananea, del Grupo México, informó que el Juzgado Noveno de Distrito sólo admitió una demanda de amparo del sindicato minero para que no desalojen a sus afiliados de esa mina, pero no ha resuelto el tema.

Explicó que dicho juzgado lo hizo como se admite una solicitud, sin haber estudiado a fondo, y abundó que la demanda es por un supuesto inminente desalojo de trabajadores en los siguientes días, cuando en realidad ya no hay trabajadores.

De acuerdo con un comunicado de Mexicana de Cananea, las relaciones colectivas e individuales de trabajo y el Contrato Colectivo de Trabajo no existen, ni tampoco el supuesto desalojo, y la mina se encuentra en su poder desde el 7 de junio.

Abundó que 'el juez emitió suspensión provisional, que en sus propios términos, queda claro que no surtirá efecto alguno para la mina que continuará sus trabajos de rehabilitación en forma normal'.

La minera ratificó que los hechos jurídicos inamovibles son que las relaciones de trabajo colectivas e individuales ya no existen y que Mexicana de Cananea no tiene vinculación alguna con el sindicato minero.

Asimismo hizo responsable al Sindicato Nacional de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos y Similares de la República Mexicana (SNTMMSRM) y a su líderes de la Sección 65 de cualquier acto de violencia, agresión o daños a sus trabajadores, personal de seguridad o a sus instalaciones.

Según el sindicato, en apego al contenido de la pretendida suspensión concedida, los trabajadores en huelga tendrían pleno derecho de permanecer en las instalaciones de la mina, sin ser perturbados en sus derechos por autoridad alguna.

apr

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