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Matrimonio vs divorcio, ¿cómo se reparten los bienes?
Las uniones celebradas bajo separación de bienes también deben otorgar una compensación no mayor a 50% de valor de los bienes adquiridos en el matrimonio.
En México la tasa de divorcios ha incrementado constantemente, la última cifra actualizada del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), reveló que tan solo en el 2022 se registraron 166,766 divorcios.
Desde el 2012 las separaciones legales han aumentado año tras año, en el 2015 por cada 100 matrimonios se reconocieron 20 divorcios, para el 2019 la cifra superó las 32 disoluciones. Aunque en el 2020 se registró una baja como efecto de la pandemia por Covid-19, en los años posteriores el número de separaciones alcanzó su cifra más alta en una década.
Pero, ¿qué pasa cuando el matrimonio acaba? Antes del 2011, la repartición de bienes era exclusiva para aquellos matrimonios celebrados bajo el régimen de bienes mancomunados, sin embargo tras la reforma en ese año al Artículo 267 del Código Civil de la Ciudad de México, las uniones celebradas bajo separación de bienes también deben otorgar una compensación.
“En el caso de que los cónyuges hayan celebrado el matrimonio bajo el régimen de separación de bienes deberá señalarse la compensación, que no podrá ser superior a 50% del valor de los bienes que hubieren adquirido, al que tendrá derecho el cónyuge que, durante el matrimonio, se haya dedicado preponderantemente al desempeño del trabajo del hogar y, en su caso, al cuidado de los hijos”, cita el Artículo.
Es decir que independientemente del régimen en el que se celebre la unión matrimonial, el cónyuge que se dedicó preponderantemente al hogar puede obtener una protección financiera relacionada con el patrimonio construido, sin embargo, puede variar dependiendo de la entidad.
Mariana León, abogada especialista en materia familiar y socia del despacho Zavala Abogados, explicó que anteriormente se solicitaba que el cónyuge que recibiría la compensación demostrará que se había dedicado 100% a las labores del hogar, sin embargo, actualmente la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha emitido criterios para que el juez de lo familiar atienda las circunstancias especiales de cada caso.
La especialista señaló que dicha reforma surge en respuesta al desequilibrio económico que enfrentaba el cónyuge que durante la unión se dedicó preponderantemente al cuidado y labores del hogar, puesto que éste no tendría las mismas oportunidades laborales ni en la formación de patrimonio.
Protección a los bienes
Las capitulaciones matrimoniales son una herramienta legal que permiten pactar acuerdos y arreglos económicos en un contrato prematrimonial con el fin de proteger los bienes de cada uno de los futuros esposos.
“Las capitulaciones matrimoniales son un contrato en el que ambas partes determinan qué bienes entrarán en la compensación económica o liquidación de bienes, incluso a futuro, por ejemplo, si pagamos una vivienda en conjunto forma parte del matrimonio, pero si la paga sólo una de las partes, la vivienda pueda quedar fuera, es un convenio de quién será el dueño de lo que se tiene y obtendrá a futuro”, comentó Mariana León.
La especialista recomendó a los interesados en realizar sus capitulaciones matrimoniales acercarse a un abogado que les ayude y asesore en la formación de dicho documento.
Una vez que esté terminado el acuerdo, debe ser presentado ante un Notario y el juez del registro civil, a fin de dar conocimiento en todo momento que existen las capitulaciones matrimoniales y en caso de divorcio se haga uso de dicho convenio.
La abogada especialista en materia familiar, detalló que aún después de haber realizado las capitulaciones matrimoniales y tras contraer matrimonio, éstas son susceptibles de modificaciones, para ello ambas partes deben de estar enteradas y de acuerdo, además de dar notificación a las autoridades correspondientes sobre el cambio.
“Las capitulaciones matrimoniales es un tema que puede sonar complicado, incluso agresivo, nadie se casa con la intención de divorciarse, pero te evita muchos problemas, porque actualmente ya no se trata del régimen en el que te casas, ya que existe, por legislación, el derecho del cónyuge a una compensación económica, algo que no ocurría antes, y cada parte se iba con lo que había construido, pero hoy esto puede evitar muchos conflictos patrimoniales”, comentó.
La especialista advirtió que no todos los estados de la República cuentan con la misma legislación, por ello es recomendable buscar asesoría con un abogado especialista en el tema antes de contraer matrimonio.