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Opinión

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ASG: ¿quién regula a los calificadores?

El gobierno corporativo es una invención moderna, producto de los escándalos corporativos de la era Enron, que ocasionaron quebrantos históricos. Puede decirse que el gobierno corporativo nació para evitar que al interior de las empresas ocurran conductas oportunistas que ponen en riesgo a los inversionistas.

Posteriormente, en 2010, la catástrofe de la plataforma petrolera Deepwater Horizon mostró que la mala gestión empresarial puede ocasionar efectos sociales no deseados, en este caso serios daños ambientales y financieros. A este caso emblemático siguió la emisión, en 2015, de los llamados objetivos de desarrollo sustentable de la ONU, que enfatizan la necesidad de enfrentar diversos desafíos globales de manera integral, con la colaboración del sector privado. A partir de entonces, se considera que la responsabilidad social de la empresa va más allá de producir rentabilidad para los inversionistas y debe incluir el impacto de las acciones empresariales sobre un conjunto de partes relacionadas que se ubican fuera de la empresa. Esta transformación se plasmó en las siglas ASG, por su vínculo con los temas ambientales, sociales y de gobernanza corporativa.

El ASG fue uno de los protagonistas del 2023 en el ámbito empresarial. Las calificaciones ASG son determinantes para el comercio de bonos y acciones, pues se considera que las empresas que cumplen ostentan ese membrete contribuyen a lograr los objetivos de combate al deterioro ambiental.

Aunque el fin es inobjetable, empieza a haber un cuestionamiento sobre los mecanismos que se siguen para la elaboración de las calificaciones ASG. La primera crítica, es que las calificadoras ASG carecen de regulación respecto del conflicto de interés. De tal manera, en la mayor parte de los países las calificadoras pueden dictaminar, ofrecer servicios de consultoría y colaborar en la promoción de productos financieros que pudieron ser calificados por ellas.

En segundo lugar, la dictaminación ASG se elabora sobre la base de información no auditada respecto de temas diversos como el impacto social o medioambiental o los indicadores de gobierno corporativo. Las calificadoras de crédito, en contraste, elaboran sus reportes con base en información auditada, proveniente de los estados financieros.

En tercer lugar, y quizá esto sea lo más importante, las calificaciones ASG no están diseñadas para cuantificar el impacto de las empresas en materia de emisión. Los dictámenes califican la capacidad de las organizaciones para gestionar riesgos ambientales, sociales o de gobierno corporativo. De tal manera, una empresa con una alta calificación ASG, no necesariamente será una organización que minimiza el impacto de sus operaciones, sino que es una organización bien estructurada para resolver contingencias relacionadas.

Por estas y otras razones, en algunas jurisdicciones se discuten medidas regulatorias que permitirían generar mayor confianza en los indicadores ASG, establecer parámetros que faciliten la comparación, mejorar su transparencia, robustecer su integridad y prevenir conflictos de interés. Tal es el caso de la Unión Europea, que en junio de 2023 presentó un listado de propuestas legislativas para regular la actividad de los calificadores.

Las principales propuestas consisten en: i) la autorización y supervisión de los calificadores por parte de la Autoridad Europea de Valores y Mercados; ii) la obligación de separar negocios de (calificación con diversas ramas de la consultoría) para prevenir conflictos de interés; iii) requerimientos de transparencia respecto de las metodologías para calificar; y iv) transparencia de tarifas y cobros para garantizar una aplicación justa, razonable y no discriminatoria.

Estas y otras disposiciones podrían ser aprobadas en los meses por venir y permitirían alinear la operación de las calificadoras con los objetivos que se persiguen con las políticas ASG. Lo más importante, es evitar que se generen situaciones de conflicto de interés que sesguen las opiniones emitidas por los calificadores y transmitan al público inversionista y a la sociedad en general una idea equivocada acerca del impacto real de la actividad económica de las empresas.

*El autor es especialista en competencia económica y regulación. Socio Director de Ockham Economic Consulting.

X: @javiernunezmel

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Consultor en Competencia Económica y Regulación, además es profesor universitario.

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