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Opinión

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Inconstitucional el decreto que dio vida al IMSS-Bienestar

El decreto por el que se crea el organismo público descentralizado llamado Servicios de Salud del Instituto Mexicano del Seguro Social para el Bienestar (IMSS-Bienestar) presenta diversas deficiencias y omisiones que no sólo impiden claridad sobre su implementación, sino que contravienen la Constitución y violentan la Ley General de Salud (LGS).

Ello queda claro en un detallado análisis hecho por especialistas de PPAL, despacho que ofrece servicios de diseño normativo y consultoría jurídica especializada en salud. Encabezado por Lourdes Motta -doctora en Administración de Servicios de Salud Pública y quien en administraciones anteriores ocupó diversos cargos directivos en la Secretaría de Salud incluido el de coordinadora jurídica de Cofepris-, PPAL hace un recuento de las irregularidades detectadas en el decreto presidencial que da vida al IMSS-Bienestar, mismas que podrían dar lugar a una controversia constitucional.

Por un lado, está el hecho de que dicho decreto pretende dejar al IMSS-Bienestar como organismo no sectorizado, es decir fuera de la rectoría de la Secretaría de Salud (SSA), algo que es a todas luces ilegal: conforme la LGS, el Sistema Nacional de Salud está integrado por todos los prestadores de servicios de salud en los ámbitos público, privado y social siendo la SSA a quien le corresponde ser cabeza del sector Salud, es decir, instancia rectora de todas las instituciones que presten servicios de salud (IMSS, ISSSTE, Insabi y las áreas de salud de Pemex, Sedena y Semar). Por tanto, no puede existir -como se pretende con IMSS-Bienestar- una entidad que no esté sectorizada a SSA.  Ello va contra la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, y le priva a SSA de ejercer sus atribuciones de rectoría, sus funciones de supervisión, así como las de control y vigilancia sanitarios sobre los establecimientos de salud adscritos a IMSS-Bienestar.

Igual o más delicado es que, por otro lado, el decreto violenta la LGS e ignora al artículo cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el cual indica con plena claridad que corresponde a la LGS definir un sistema de salud para el bienestar con el fin de garantizar la extensión progresiva, cuantitativa y cualitativa de los servicios de salud para la atención integral y gratuita de las personas que no cuenten con seguridad social. Eso ya se había hecho al crear el Insabi.

Los especialistas de PPAL concluyen que el IMSS-Bienestar debió haberse creado por medio de otra reforma a la LGS. Eso era lo procedente, una reforma de ley que sustituyera al Insabi o, en su caso, distribuyera atribuciones entre ambos.

Parte del problema es que ahora hay una duplicidad de funciones y atribuciones entre Insabi e IMSS-Bienestar, y ello genera confusión jurídica. Conforme la ley, hoy está difuso cuál de los dos organismos le corresponde prestar los servicios de salud a las personas sin seguridad social porque en tanto no se reforme la LGS, persisten dos organismos descentralizados con objeto idéntico.

Si se hace caso a la última acción legal que fue la creación por decreto del IMSS-Bienestar, una de las dudas que quedan es sobre qué rol le corresponderá entonces al Insabi y también si éste se seguirá haciendo cargo de las compras de medicamentos y demás insumos o también le pasará esa función al IMSS-Bienestar.

Otra incógnita es qué sucederá con aquellas entidades federativas que firmaron documentos jurídicos para adherirse al Insabi y que le transfirieron los recursos con los que operaban los servicios de salud; ¿o podrán optar por suscribir acuerdo con uno u otro?

Un punto adicional preocupante es el hecho de que las entidades federativas deban ahora transferir a IMSS-Bienestar recursos propios o de libre disposición, lo cual implica que la Federación invade la competencia de los congresos estatales de definir sus presupuestos de manera autónoma, además de que se les impiden compras de insumos para necesidades específicas, como son vacunas, métodos de planificación familiar o medicamentos no incluidos en el Compendio.

Verdades a medias sobre vacuna vs viruela símica

En torno a la vacuna contra la viruela símica, la Secretaría de Salud juega con verdades a medias con tal de no adquirirla. Es cierto que la OMS no recomienda vacunar masivamente contra monkeypox. Siempre ha sido claro en ese punto. Pero sí recomienda vacunar a la población en riesgo. El punto es que no en todos lados está la vacuna disponible. En México la vacuna ya está validada por el comité de expertos de Cofepris y la efectividad esperada es de al menos 85%. Eso no lo dice el subsecretario Hugo López-Gatell. La realidad es que SSA ha hecho todo lo posible para que la vacuna no esté disponible en México.

Refuerzo anticovid de AstraZeneca equivale a ARNm

La dosis de refuerzo con la vacuna anticovid de AstraZeneca y con las vacunas de ARN mensajero proporcionan una protección igualmente alta contra desenlaces de salud graves relacionados con Omicron, inclusive con las nuevas subvariantes, incluyendo la hospitalización y la muerte. Esto, de acuerdo con una revisión de expertos que consideraron más de 50 estudios de vida real. Cualquier esquema de 3 dosis que incluya tanto vacunas de ARNm como la de AstraZeneca mostraron una eficacia equivalente contra Omicron. 

Leucemia, 50% de cáncer en niños

En el marco del Día Mundial de la Leucemia, el próximo 22 de septiembre, Roche informó que se unió al llamado de organismos, autoridades y asociaciones para mejorar la atención de este padecimiento, diagnosticar oportunamente y atenderlo con asertividad. La leucemia se origina en la médula ósea y afecta a los tejidos y células que conforman la sangre. En México, afecta de manera significativa a la población infantil, pues representa 50% de los casos de cáncer en niños. En 2020 ocupó el séptimo lugar en mortalidad por cáncer, con más de 4,000 defunciones y 7,000 nuevos casos.

Comunicadora especializada en temas de salud pública e industria de la salud. Cursó la maestría en Administración en Sistemas de Salud en FCA de la UNAM. Forma parte de la iniciativa www.HospitalsinInfecciones.com. Fundadora en 2004 de www.Plenilunia.com, plataforma de contenidos sobre salud femenina.

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