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Política

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INE verifica la afiliación efectiva de candidatos a la Cámara de Diputados

La consejera del INE Claudia Zavala explicó que para esta verificación se revisaron los padrones de afiliación de cada partido político con fecha al corte del 21 de marzo de 2021 y se cotejaron los datos con los registros de las candidaturas de ambas coaliciones vigentes al 13 de mayo.

Sesión ordinaria del Consejo General del Instituto Nacional Electoral del miércoles 28 de abril de 2021. Foto EE: Especial

La Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos del INE verificó la "afiliación efectiva" de las y los aspirantes a una diputación federal postulados por las coaliciones "Va por México" (PRI, PRD y PAN) y "Juntos Hacemos Historia" (Morena, PT y PVEM) en el proceso electoral 2021, lo cual permitirá determinar a qué partidos políticos les corresponderán los triunfos de candidaturas por el principio de mayoría relativa, ya que estos resultados son tomados en cuenta para la asignación de las curules por el principio de representación proporcional (plurinominales).

La consejera del INE Claudia Zavala explicó que para esta verificación se revisaron los padrones de afiliación de cada partido político con fecha al corte del 21 de marzo de 2021 y se cotejaron los datos con los registros de las candidaturas de ambas coaliciones vigentes al 13 de mayo.

“Es necesario resaltar la importancia de los hallazgos encontrados bajo el criterio de verificación de afiliación efectiva, ya que permiten evidenciar los candidatos postulados en coalición con el partido que militan. (...) Otorga también herramientas al electorado para que pueda expresar sus preferencias políticas de manera informada”, explicó el consejero Martín Faz Mora al entregar los resultados de esta verificación durante la sesión del Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE).

Los resultados arrojaron que de las 218 candidaturas postuladas por la coalición "Va por México", en 16 casos no coincidió la militancia de aspirantes con el partido político que lo postula, por lo que se modificó la distribución de distritos de la coalición agregando 11 candidatos que militan en el PRI, restando dos al PAN y restando nueve al PRD.

Con esta modificación, el Partido Revolucionario Institucional pasó de tener 77 a 88, el Partido Acción Nacional que tenía 71, se quedó con 69 y el Partido de la Revolución Democrática pasó de 70 a 61.

El consejero Faz Mora detalló que en el caso de la coalición "Juntos Hacemos Historia" de 183 candidaturas postuladas se observó que en dos casos no coincidía el partido político que postulaba según el convenio de coalición con la militancia verificada en los padrones. En consecuencia se modificó también la distribución de distritos de la coalición incrementando uno al PT, uno al PVEM y restando dos a Morena. Con este cambio, 86 corresponden a Movimiento Regeneración Nacional, 51 al Partido Verde Ecologista de México y 46 para el Partido del Trabajo.

La consejera Zavala comentó que estos resultados podrían variar en caso de que se realicen algunas sustituciones de candidaturas, debido a algún cumplimiento de sentencia.

Cabe recordar que el pasado 19 de marzo, el Consejo General del INE aprobó los nuevos criterios para asignar las diputaciones plurinominales impulsadas bajo la figura de coalición con el objetivo de evitar la sobrerrepesentación legislativa y así proteger la representatividad del voto popular en la Cámara de Diputados.

El artículo 54, fracción IV, de la Constitución establece que ningún partido puede tener más de 300 diputados por ambos principios (mayoría relativa y representación proporcional), osea que si algún partido ganara todos los distritos, no le tocarían diputaciones plurinominales.

De acuerdo con el número de votos y triunfos que se obtengan por partido y circunscripción electoral, será la cantidad de legisladores de representación proporcional que se puedan asignar. 

En tanto, en la fracción V del artículo 54 constitucional se dispone que al momento de repartir las diputaciones por representación proporcional (plurinominales) y sumarlas a los escaños ganados por mayoría, un partido no puede tener 8% más legisladores de lo que sacó de porcentaje de votación.

La sobrerrepresentación legislativa ocurre cuando un partido político obtiene, en función de determinados mecanismos electorales, un porcentaje superior de curules al porcentaje de votos obtenidos o permitidos por la ley.

En la conformación de la Cámara baja de la actual Legislatura (LXIV), en 2018, la coalición "Juntos Haremos Historia" (Morena, PT y Encuentro Social) logró el 45.9% de los sufragios, pero se le asignó el 61.6% de la Cámara, lo que significó una sobrerrepresentación de 15.7 por ciento. De acuerdo con el consejero electoral, Ciro Murayama, esto superó el límite constitucional casi por partida doble.

Situaciones similares ocurrieron en años de elecciones legislativas anteriores. En 2012, la coalición PRI-PVEM obtuvo el 40.0% de los votos y el 48.2% de los escaños: rebasando en apenas 0.2% el límite constitucional. En 2015, la misma coalición del PRI-PVEM recibió 40.3% de los votos y el 50% de los diputados, 9.7% más.

Para evitar que se repita esto, el INE acordó que en la jornada electoral de este 6 de junio los diputados electos deberán contar para el partido al que realmente han pertenecido y no al que dijeron pertenecer al momento de registrarse para la candidatura postulada en coalición.

kg

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