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Confirma SE cuotas a envases tubulares de Venenzuela

Las las cuotas compensatorias definitivas son a importaciones de envases tubulares flexibles de aluminio, originarias de Venezuela, independientemente del país de procedencia.

La Secretaría de Economía (SE) declaró concluido el procedimiento administrativo de cobertura de producto y confirmó las cuotas compensatorias definitivas a importaciones de envases tubulares flexibles de aluminio, originarias de Venezuela, independientemente del país de procedencia.

En el Diario Oficial de la Federación (DOF), explica que esta resolución se da luego de que la empresa L´Oreal pidió en noviembre de 2012 revisar si las importaciones de ciertos envases tubulares flexibles de aluminio, originarias de Venezuela, estaban sujetas al pago de las cuotas compensatorias establecidas.

La dependencia indica en una resolución final que después de la evaluación del caso se concluye que por sus características, la mercancía objeto del procedimiento -fracción arancelaria 7612.10.01- corresponde a la que quedó sujeta al pago de cuotas compensatorias inicialmente.

De esta forma, determinó mantener las cuotas compensatorias en 9.33% para las importaciones originarias de Saviram, y de 49.94% para las provenientes de Alentuy, y demás exportadoras venezolanas.

Destaca además que se resolvió conservar la vigencia de cuotas compensatorias por cinco años más, a partir de 2010, como quedó establecido en un acuerdo publicado en el DOF el 13 de agosto de ese año.

La mercancía objeto de revisión son los envases tubulares flexibles de aluminio con boca de 9.39 a 10.21 milímetros, cuello del número 12 al 28, hombro de 0.5 a 1.2 milímetros, longitud de 65 a 254 milímetros y espesor del barniz interior de 0 a 0.050 milímetros.

A este tubo también se le conoce con el nombre comercial de tubo colapsable o depresible de aluminio y es utilizado para envasar diversos productos con propiedades específicas, sobre todo en las industrias cosmética, farmacéutica e industrial.

De acuerdo con la SE, se deberán hacer efectivas las garantías correspondientes que por concepto de cuotas compensatorias hubiera enterado L´Oreal por la importación de dicha mercancía, así como por los recargos correspondientes.

MFH

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