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E-commerce, un doble desafío para la Cofece
La autoridad se enfrenta la dificultad de probar daños por conductas que no son malas per se y a la complejidad de analizar los distintos lados de los mercados de plataformas: experto.
Identificar prácticas monopólicas relativas es uno de los mayores retos para cualquier agencia antimonopolios del mundo y hacerlo en un mercado de plataformas complica aún más la ecuación, por lo que la investigación que emprendió la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) en el mercado de comercio digital (e-commerce) supone un doble desafío para la agencia mexicana, explicó Javier Núñez, analista en temas de competencia económica.
La semana pasada, la Cofece informó que inició una investigación por la posible existencia de estas conductas en el mercado de plataformas de comercio digital y servicios relacionados, una indagatoria que podría llevarle hasta dos años y medio y que representa la primera que se hace en México en el campo de la economía digital.
“Identificar prácticas monopólicas relativas tiene una complicación, pues a diferencia de las prácticas monopólicas absolutas (colusión), no es evidente que generen un daño”, explicó Núñez Melgoza, quien fue comisionado de la Cofece.
Es decir, cometer cualquiera de las conductas que hay tipificadas como prácticas monopólicas relativas en la legislación mexicana no quebranta la ley en automático, todo depende del contexto en el que se lleven a cabo. Ejemplo de estas prácticas son las compras o ventas atadas, la depredación y discriminación de precios, la elevación de los costos a otros agentes económicos, la negativa de trato, entre otras.
Para que sean castigadas, estos actos deben necesariamente ser cometidos por un agente con poder sustancial de mercado y además, siempre se tiene que sopesar si el presunto daño económico es mayor a los presuntos beneficios sobre la eficiencia, pues “una venta atada a veces puede tener detrás de sí una justificación económica”, explicó Javier Núñez.
De acuerdo con el experto, al probar la existencia de este tipo de prácticas, la autoridad tiene que demostrar primero que hay un daño y, luego, que el daño es al proceso de competencia y no a una empresa o agente económico en específico.
plataformas, la complicación
Pero si ya esto es una complicación, otra proviene del hecho de analizar los mercados de plataformas. Éstas son lo que, en el ámbito de competencia, se conoce como “mercados de múltiples lados”; es decir, mercados que atienden a distintos tipos de usuarios al mismo tiempo con dinámicas de mercado diferenciadas.
Un ejemplo es el servicio de tarjetas de crédito, en el que el emisor atiende, por un lado, a los tarjetahabientes y por otro, a los comercios que aceptan los plásticos como medio de pago.
Cada lado del mercado tiene una lógica diferente para el prestador del servicio, así, mientras existe la posibilidad de que los tarjetahabientes no paguen nada por el uso de su plástico como medio de pago, los comercios sí pagan una comisión al emisor de la tarjeta por cada venta. El establecimiento comercial termina subsidiando al tarjetahabiente.
Pero esto es posible gracias a la masa crítica de tarjetahabientes que logra conformar el banco para ofrecer a los comercios una base lo suficientemente atractiva de clientes potenciales. De un lado de la plataforma se puede vender por debajo de costo, incluso, y de otro lado se puede vender con un precio aparentemente alto.
“Es un error únicamente ver un lado de la plataforma, se tiene que ver la operación conjunta de la plataforma porque a veces hay conductas que parecen ser anticompetitivas pero no lo son (...) Ése es un problema conceptual que tienen muchas autoridades antimonopolio, que a veces no se dan cuenta y nada más ven un lado”, afirmó el experto.
De manera análoga, las plataformas de e-commerce funcionan poniendo en contacto, a través de la web, a compradores y vendedores de productos y servicios, quienes son sus dos tipos de usuarios y, en consecuencia, los dos lados de su mercado.
En caso de que la Cofece acredite la existencia de prácticas monopólicas relativas, emplazará a los presuntos responsables a un proceso seguido en forma de juicio, en el que podrán formular su defensa antes de que el pleno del órgano antimonopolios delibere sobre su culpabilidad y sanción, de ser el caso.