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Política

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Dan entrada a iniciativa de extinción de dominio

La Cámara de Diputados dio entrada formal a la iniciativa del Ejecutivo federal que propone modificar la Ley Federal de Extinción de Dominio para darle operatividad y funcionalidad .

La Cámara de Diputados dio entrada formal a la iniciativa del Ejecutivo federal que propone modificar la Ley Federal de Extinción de Dominio para darle operatividad y funcionalidad .

Esto, detalla el proyecto, debido a la que ley vigente ha presentado diversos inconvenientes en su aplicación que impiden hacer de ella una herramienta eficaz y eficiente para el combate a la estructura financiera de la delincuencia .

Las adecuaciones pretenden disminuir los recursos con que cuenta la delincuencia, desalentando así su capacidad operativa, además de beneficiar a la sociedad y, específicamente, al sector vulnerado por la comisión de ­delitos, al canalizar los recursos confiscados a un fondo para la reparación del daño a las víctimas u ofendidos.

De acuerdo con la propuesta, se busca cambiar y ampliar el concepto de bienes objeto de la extinción de dominio al desligarlo de la comisión de un delito previo, excluir la vinculación de la acción de extinción de dominio a la existencia de una averiguación previa, así como sustituir el concepto de cuerpo del delito por el de hecho ilícito.

Además de desvincular los efectos de la resolución de la extinción de dominio de la sentencia que recaiga en un proceso penal, ampliar los supuestos de las medidas precautorias, establecer una presunción de bienes relacionados con hechos ilícitos cuando no se acredite su procedencia lícita o exista incremento patrimonial injustificado, y suprimir referencias a instituciones penales.

Se establece también que la acción de extinción de dominio puede prepararse con información derivada de la investigación para la prevención de los delitos, así como la posibilidad de presentar ante el juez, para su valoración, el contenido de entrevistas con particulares que expresen la vinculación de bienes con hechos ilícitos, y que podrá utilizarse, para tales fines, la información con que se cuente en el sistema único de información criminal previsto en la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

La enmienda sugiere que el Ministerio Público pueda realizar la intervención de comunicaciones entre particulares, únicamente cuando uno de los intervinientes en ella así se lo solicite.

rramos@eleconomista.com.mx

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