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Política

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Pensión deberá ser ?sobre salario íntegro

En casos de pensión, los patrones deben pagar el salario íntegro que otorgue a su trabajador, pese a que esté registrado ante el Instituto Mexicano del Seguro Social con un salario más bajo al que realmente le paga, determinó la suprema Corte de Justicia de la Nación.

En casos de pensión, los patrones deben pagar el salario íntegro que otorgue a su trabajador, pese a que esté registrado ante el Instituto Mexicano del Seguro Social con un salario más bajo al que realmente le paga, determinó la suprema Corte de Justicia de la Nación.

Al resolver una contradicción de tesis entre dos tribunales colegiados, la Segunda Sala del Máximo Tribunal determinó que cuando se demanda del Instituto Mexicano del Seguro Social la rectificación de una pensión, el salario que debe tomarse en cuenta es el que realmente se da al trabajador en casos de existir diferencias y que resulte superior a aquél con el que estaba dado de alta.

La segunda sala resolvió que ante la falta de cumplimiento del patrón de proporcionar el salario real del trabajador, de manera temporal o definitiva ante el IMSS, éste debe subrogarse en los derechos del trabajador y otorgar las prestaciones que le corresponden, sin que ello repercuta en su patrimonio, pues cuenta con la facultad de fincar al patrón omiso los capitales constitutivos que correspondan.

Una vez determinado que el patrón omitió declarar el salario real de sus trabajadores para reducir sus cuotas, dicho organismo, legalmente, debe subrogarse en los derechos del trabajador y otorgarle la pensión que le corresponde conforme al salario real que haya quedado fehacientemente acreditado en el juicio laboral.

ana.langner@eleconomista.mx

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