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Sector Financiero

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Prodecon solicita cambios para pagos al comercio exterior

Incertidumbre jurídica deriva en procesos de aclaración muy complejos.

La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) sugirió al Servicio de Administración Tributaria (SAT) modificar los artículos 50 y 88 de la Ley Aduanera, así como el numeral 3.2.2, de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para el 2013.

El organismo defensor de los derechos de los contribuyentes alzó la voz y dio a conocer la dificultad que enfrentan los pagadores de impuestos para acreditar ante diversas autoridades fiscales la legal estancia o tenencia de mercancías.

En su análisis sistémico correspondiente a junio, pidió que se modificara el formulario o formato oficial denominado Pago de contribuciones al comercio exterior , y de su instructivo de llenado.

Así como el formato electrónico simplificado, denominado Pago de contribuciones federales , utilizado en el procedimiento simplificado para la importación de mercancías por pasajero distintas de su equipaje.

La Prodecon, cuya titular es Diana Bernal Ladrón de Guevara, advirtió que los pasajeros que realizaron la importación de mercancías distintas a las de su equipaje mediante el referido procedimiento simplificado, pagando las contribuciones respectivas a través del formulario oficial, se encuentran en un estado de inseguridad e incertidumbre jurídica frente a posteriores actos de fiscalización.

Así, precisó que el fisco puede ejercer visitas domiciliarias o la verificación de mercancías en transporte, con las cuales se da inicio a los procedimientos administrativos de la materia.

Lo anterior, en opinión de la procuradora, resulta contrario al derecho fundamental del contribuyente de seguridad jurídica, toda vez que los documentos o formatos expedidos por la autoridad aduanera son considerados insuficientes por otras autoridades para acreditar la importación o legal estancia de las mercancías.

No obstante, indicó, el contribuyente no está obligado a ir más allá de lo requerido en dichos formatos, en virtud de que en ellos no se solicita que se especifiquen las características cuando se trata de mercancías susceptibles de identificarse individualmente, o bien, en el caso del formulario electrónico, el espacio asignado no permite agregarlas.

En opinión de la Prodecon, el estado de inseguridad e incertidumbre jurídica que enfrentan los pagadores de impuestos, puede traducirse en: complejos procesos de aclaración y la determinación de créditos fiscales a su cargo.

Incluso en la pérdida de la mercancía, que puede pasar a propiedad del fisco federal, derivado de un supuesto incumplimiento por parte de los contribuyentes.

Sugirió la unificación de criterios entre las diferentes unidades administrativas del SAT y las autoridades fiscales coordinadas que tengan competencia para verificar la legal estancia o tenencia de las mercancías.

Ello, respecto de la valoración de la documentación con la cual se acredite la legal estancia o tenencia de las mismas, cuando dichas mercancías fueron introducidas a territorio nacional mediante el procedimiento simplificado para pasajeros al que hacen referencia los artículos mencionados.

karla.gomez@eleconomista.mx

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