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CNDH denuncia retención arbitraria de extranjeros por parte del INM
Luego de acreditar que elementos del INM actuaron de manera ilegal y arbitraria, al detener por más de 18 días a dos ciudadanos ecuatorianos pese que los extranjeros contaban con trámites regulares para su estancia en nuestro país, la CNDH emitió una recomendación para que dicho instituto reparare el daño a las víctimas.
Luego de acreditar que elementos del INM actuaron de manera ilegal y arbitraria, al detener por más de 18 días a dos ciudadanos ecuatorianos pese que los extranjeros contaban con trámites regulares para su estancia en nuestro país, la CNDH emitió una recomendación para que dicho instituto reparare el daño a las víctimas.
La Recomendación 123/2022 emitida por la CNDH al comisionado del Instituto Nacional de Migración (INM), Francisco Garduño Yáñez, detalló que fue el 10 de septiembre de 2021, cuando las personas fueron detenidas mientras se dirigían por autobús a la ciudad de Monterrey, Nuevo León, a pesar de contar con Forma Migratoria Múltiple (FMM) otorgada por el propio Instituto.
Las víctimas, que fueron trasladadas a la Estación Migratoria de la Ciudad de México (EM-CDMX) sin que existiera justificación alguna, permanecieron retenidas e incomunicadas hasta el 28 de septiembre de ese año, 18 días después de su aprehensión, por lo cual se presentó una demanda de amparo, misma que fue resuelta por el Juzgado de Distrito, autoridad que determinó el cese de la incomunicación de las víctimas y su puesta en libertad.
No obstante, añadió la CNDH, la autoridad responsable no cumplió con dichas medidas, propiciando que la persona que emitió la queja interpusiera una denuncia penal ante la Fiscalía General de la República (FGR) por abuso de autoridad.
Por lo anterior, y luego de interponer una queja, la CNDH corroboró que se cometieron violaciones a los derechos humanos a la seguridad jurídica, libertad personal y libertad de tránsito en agravio de las dos personas ecuatorianas, quienes tenían una situación migratoria regular en el país, ya que ingresaron a México el 30 de agosto de 2021, por el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM), donde la autoridad migratoria les autorizó la calidad de visitantes en la modalidad sin permiso para realizar actividades remuneradas, otorgándoles una FMM con temporalidad de 180 días.
Ante tales hechos, esta Comisión Nacional solicitó al comisionado del INM que colabore en el trámite para la inmediata reparación integral del daño que se les causó.