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Investigadores podrán vincularse con empresas
"La aportación de las instituciones de educación, centros y entidades en dichas figuras no deberá rebasar 49% de la participación total . Alejandro Tello, senador.
El Pleno del Senado avaló un nuevo marco jurídico para que los investigadores en el servicio público de ciencia, tecnología e innovación puedan vincularse con el sector privado a través de alianzas estratégicas, consorcios o con nuevas empresas.
A través de una reforma a la Ley de Ciencia y Tecnología y a la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, los senadores pasaron a los diputados la minuta que abre la puerta a México para que se sume a países como Estados Unidos o Japón, donde los investigadores son académicos y a la vez empresarios.
El presidente de la Comisión de Ciencia y Tecnología del Senado, Alejandro Tello Cristerna, precisó que para ello se incluye un esquema de transparencia y rendición de cuentas que permite a los investigadores de universidades, centros públicos de investigación y entidades de la Administración Pública Federal que desarrollen actividades científicas y tecnológicas vincularse con el sector privado y beneficiarse de las invenciones que desarrollen de manera conjunta.
La reforma a la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas describe los tipos de conflicto de interés de quienes participen en investigación científica y desarrollo tecnológico con terceros, transferencia de conocimiento, licenciamientos, participación como socios accionistas de empresas privadas de base tecnológica o como colaboradores o beneficiarios en actividades con fines de lucro derivadas de cualquier figura de propiedad intelectual perteneciente a la propia institución, centro o entidad, según corresponda.
Dichos servidores públicos incurrirán en conflicto de intereses cuando obtengan beneficios por utilidades, regalías o por cualquier otro concepto en contravención a las disposiciones aplicables en la Institución , añade.
Por otro lado, la Ley de Ciencia y Tecnología precisa que las asociaciones estratégicas, alianzas tecnológicas, consorcios, unidades de vinculación y transferencia de conocimiento, nuevas empresas de base tecnológica o redes de innovación que conlleven la participación de instituciones de educación, centros y entidades con o sin aportación en el capital social en las empresas de que se trate podrán constituirse mediante convenios de colaboración o a través de instrumentos que den origen a una nueva persona jurídica.
La aportación de las instituciones de educación, centros y entidades en dichas figuras no deberá rebasar 49% de la participación total. Los beneficios derivados de la propiedad intelectual que se generen con la participación del personal de la institución, centro o entidad en las figuras mencionadas se otorgarán de conformidad con lo establecido en esta ley y en los lineamientos que al efecto expida el órgano de gobierno, sin perjuicio de las prestaciones de carácter laboral que en su caso corresponden a dicho personal , acota.
El presidente de la Comisión de Educación, Juan Carlos Romero Hicks, refirió que el modelo de ciencia que se implementa en el país determina que 95% de los doctores en ciencias trabaje en las universidades; mientras que en los países desarrollados el 70% se desempeña en la industria.