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Capital Humano

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7 dudas legales sobre la reforma laboral de plataformas digitales

La reforma reconoce una relación subordinada durante el tiempo efectivo de trabajo y garantiza derechos laborales a quienes generen un salario mínimo.


La reforma que regula el trabajo en plataformas digitales y reconoce la relación laboral de aplicaciones como Uber, DiDi y Rappi con los repartidores y conductores, continúa generando dudas sobre las nuevas disposiciones. 

Con los cambios a la Ley Federal del Trabajo se reconoció una relación subordinada durante el tiempo efectivo de trabajo y se garantizan derechos laborales a quienes generen ingresos equivalentes a un salario mínimo, entre otros aspectos.

Estas son algunas de las dudas legales más frecuentes en torno a la nueva regulación del trabajo en aplicaciones: 

1. ¿Cuándo entra en vigor?

La reforma consideró un plazo de 180 días para su entrada en vigor luego de su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF), eso ocurrió el 24 de diciembre del 2024. En ese sentido, una buena parte de las nuevas disposiciones estarán vigentes para la segunda mitad del 2025. 

2. ¿Cómo se accede a la seguridad social?

La reforma dicta que los patrones deberán inscribir a las personas trabajadoras en plataformas digitales ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), y en su caso, determinar, retener y enterar el pago de cuotas obrero-patronales. 

Pero el acceso pleno a la seguridad social será para quienes generen ingresos equivalentes a un salario mínimo general. El resto de los trabajadores, tendrá sólo protección contra accidentes de trabajo. Para diseñar un régimen de aseguramiento adecuado, el IMSS deberá echar a andar un programa piloto

Este ejercicio permitirá al IMSS proponer las adecuaciones a la Ley del Seguro Social para adaptar el marco legal a la dinámica del trabajo en plataformas digitales.

3. ¿Cuán se considerará trabajo independiente?

El nuevo marco legal permite reconocer como trabajadores independientes a quienes no generen el ingreso de un salario mínimo, y brinda la protección total contra accidentes sin importar el nivel de ingresos que generen los trabajadores.

Sin embargo, aunque sean considerados trabajadores independientes estarán cubiertos por otras disposiciones como les mecanismos de atención, la política de gestión algorítmica o los motivos de desconexión de la app. 

4. ¿Se mantiene la flexibilidad?

Concretamente sí. El nuevo capítulo en la LFT indica que "el tiempo de trabajo destinado para la plataforma será definido por la persona trabajadora y tendrá completa libertad para determinarse sin horarios fijos, pudiendo conectarse y desconectarse a discreción cuando así lo requiera". 

Además, la reforma reconoce que el trabajo en aplicaciones "será primordialmente flexible y discontinuo, por lo que se entenderá que existe relación laboral durante el tiempo efectivamente laborado por la persona trabajadora de plataforma digital". 

5. ¿Hay multas por incumplimiento?

La reforma señala que las empresas que administren plataformas digitales, en su carácter de patrón, que incumplan con las disposiciones podrán ser multadas. Estos son los montos: 

  • De 217,140 a 2 millones 714,250 de pesos por no registrar el contrato ante el CFCRL. 
  • De 108,570 a 2 millones 714,250 de pesos por no emitir o informar cambios en la política de gestión algorítmica.
  • De 54,285 a 2 millones 714,250 de pesos por no contar con los mecanismos de atención para casos que afecten la conexión o vinculación de los trabajadores la aplicación.
  • De 27,142 a 2 millones 714,250 de pesos por incumplir con obligaciones especiales, tales como la emisión de recibos de pago, mecanismos de atención a acoso u hostigamiento, o registro de tiempo efectivo de trabajo.

6. ¿Cuáles son las obligaciones de los trabajadores?

La reforma establece obligaciones especiales para los trabajadores en plataformas como: conducirse con apego a las disposiciones en materia de seguridad y salud en el trabajo, seguridad vial y las establecidas por el patrón; cuidado en la guarda, conservación y entrega de insumos, las tareas, servicios, obras o trabajos mandatados durante el tiempo trabajado; recibir, entregar o prestar las tareas, servicios, obras o trabajos a través de la plataforma digital en los horarios y lugares convenidos.

Con los cambios, los repartidores y conductores también están obligados a utilizar los mecanismos y sistemas de las aplicaciones para el seguimiento de la conexión y de las horas laboradas, y en su caso para la comunicación con la plataforma; atender las políticas de protección de datos y restricciones sobre su uso; abstenerse de prácticas de discriminación y acoso sexual u otros actos relacionados.

7. ¿Qué es la política de gestión algorítmica?

De acuerdo con la reforma, las aplicaciones deberán contar con una política de gestión algorítmica, misma que deberá ser conocida por los repartidores y conductores. Esta política será parte del contrato de trabajo. 

“Las reglas para la asignación de tareas, servicios, obras o trabajos, a través de algoritmos o mecanismos análogos deberán ser transparentes, claras y conocidas por todas las personas trabajadoras en plataformas digitales”, dice el artículo 291-J de la LFT. 

El algoritmo deberá ser razonable en sus requisitos y elementos, atendiendo las condiciones del trabajo y no poner en riesgo la salud e integridad del trabajador, añade la nueva regulación. 

Más de 10 años en medios de información como reportero, cubriendo fuentes de Negocios y ahora de Capital Humano, siempre buscando mejorar y aprender.

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