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Economía

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Arrendamiento de inmuebles, con el mayor número de sujetos de actividades vulnerables

Del total sujetos obligados que tienen que cumplir en materia de prevención de lavado de dinero por ser actividades vulnerables, y que son supervisados por el SAT, la mayor parte se dedica al arrendamiento de inmuebles, además de la comercialización de los mismos.

Foto EE: Archivo

Del total sujetos obligados que tienen que cumplir en materia de prevención de lavado de dinero por ser actividades vulnerables, y que son supervisados por el Sistema de Administración Tributaria (SAT), la mayor parte se dedica al arrendamiento de inmuebles, además de la comercialización de los mismos.

Ramón García Gibson, administrador central de Asuntos Jurídicos de Actividades Vulnerables del SAT, explicó en una videoconferencia que existen 97,029 sujetos obligados supervisados por esta autoridad en materia de prevención de lavado de dinero, de los cuales 32,026, o 33.2%, realizan la actividad de arrendamiento de inmuebles, mientras que 15,748, o 16.3%, se dedican a la construcción o desarrollo de bienes inmuebles por lo que son las dos actividades que más aportan al padrón de dicho organismo.

“Encabezando la lista, tenemos a los derechos personales de uso o goce de inmuebles, les sigue la transmisión de derechos sobre bienes inmuebles, mutuo préstamo o créditos y servicios profesionales”, declaró García Gibson en la videoconferencia organizada por el Instituto Mexicano de Contadores Públicos región Centro Istmo Peninsular.

García Gibson destacó que, en los últimos meses, el SAT ha engrosado el padrón de sujetos obligados a cumplir con la Ley Antilavado, debido a los programas que ha implementado como los esquemas de autocorrección y de invitación a personas o empresas dedicadas a una de las 16 actividades vulnerables previstas en la ley.

Las personas o empresas que realizan alguna de las 16 actividades están obligadas a cumplir en materia de prevención de lavado de dinero, ya que deben de contar con procesos de identificación de clientes, designar un responsable encargado del proceso de cumplimiento ante la autoridad y reportar operaciones que se realicen en ella, con base en los umbrales establecidos.

Por ejemplo, en las operaciones de arrendamiento, éstas deben reportarse al SAT, por parte del arrendador, cuando sean iguales o equivalentes a las 3,210 Unidades de Medida (UMAS), es decir, superiores a los 278,844 pesos, para efectos de su supervisión en materia de prevención de lavado de dinero o financiamiento al terrorismo.

Modelo basado en riesgos

García Gibson apuntó que ante un universo tan grande de sujetos obligados que se tienen que supervisar, se ha desarrollado un modelo para priorizar el riesgo de cada uno de ellos y saber dónde enfocar la supervisión.

“El SAT trabaja con un enfoque basado en riesgos y asigna un perfil a cada sujeto obligado que realiza la actividad vulnerable, lo que permite focalizar las actividades de verificación”.

De acuerdo con el funcionario del SAT, para establecer el riesgo por cada sujeto obligado se estudia la naturaleza de la actividad que realiza, la forma y la zona geográfica donde opera, formas y métodos de pago, además de otros parámetros, como el nivel de cumplimiento ante la autoridad y hasta la situación legal de sus socios.

“Este es nuestro modelo de riesgo para la determinación de la supervisión, es la respuesta a cómo se cubre un poco el universo de actividades vulnerables supervisadas”, añadió el funcionario.

García Gibson explicó que tanto la supervisión de actividades vulnerables, como el enfoque basado en riesgo para la supervisión de las mismas, son recomendaciones provenientes del Grupo de Acción Financiera Internacional, organismo que emite los lineamientos internacionales en materia de prevención y combate de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo.

Obligaciones de actividades vulnerables:

  • Darse de alta en el padrón del SAT.
  • Elaborar procesos de identificación del cliente.
  • Designar representante encargado del cumplimiento.
  • Elaborar convenios para la presentación de avisos.
  • Consultar listas de personas bloqueadas.
  • Restringir el uso de efectivo y metales preciosos.
  • Otorgar un comprobante de pago de las operaciones.

Fuente: SAT

fernando.gutierrez@eleconomista.mx

Fernando Gutiérrez es editor de EconoHábitat

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