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Economía

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Banxico mete freno al uso de activos virtuales

Banxico emitió las reglas para el uso de activos virtuales limitándolo sólo a operaciones internas tanto en las instituciones de tecnología financiera (ITF) como de crédito y no hacia el público en general.

El Banco de México (Banxico) emitió las reglas para el uso de activos virtuales, limitándolo sólo a operaciones internas tanto en las instituciones de tecnología financiera (ITF) como de crédito y no hacia el público en general.

Dentro de la circular 4/2019, publicada el pasado viernes en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el Banxico destacó los riesgos que a su parecer representa el manejo de activos virtuales; sin embargo, acotó que éstos pudieran tener un beneficio desde la perspectiva de eficiencia o funcionalidad pero sólo al interior de las instituciones.

“La utilización de tecnología como registros distribuidos, cadena de bloques (blockchain) o incluso los propios activos virtuales en sus procesos internos podría llegar a ser factible, siempre y cuando los riesgos de los activos virtuales no impacten al consumidor final”, detalló el Banxico en la exposición de motivos de dicha circular.

En el documento, el banco central, encabezado por su gobernador Alejandro Díaz de León, resaltó que los activos virtuales se han caracterizado por ser volátiles, costosos para celebrar transacciones y difícilmente escalables, además de que representan riesgos para sus tenedores ya que, derivado de la complejidad de su tecnología, podrían no conocer los posibles problemas que podrían presentarse y dar lugar a la pérdida de sus recursos.

Asimismo, destacó el riesgo que los activos virtuales representan en materia de prevención de lavado de dinero y financiamiento, “debido a la facilidad para transferir los activos virtuales a distintos países”.

Ante ello, el organismo reconoció que los activos virtuales, pueden ser benéficos para la operación interna de las instituciones por lo que las instituciones que logren la autorización del banco central para operarlos, deberán impedir en todo momento que se transmita, directa o indirectamente, el riesgo de dichas operaciones a sus clientes.

“No serán elegibles para la obtención de la autorización… aquellas operaciones que las instituciones soliciten celebrar con activos virtuales mediante las cuales pretendan prestar de manera directa a sus clientes servicios de intercambio, transmisión o custodia de activos virtuales”, detalló el Banxico.

Efecto devastador para Fintech

Para participantes del ecosistema de activos virtuales, el camino de sólo utilizar los activos virtuales en las operaciones internas dentro de las instituciones, es un golpe mortal para la industria de proveedores e incluso contraviene con todo lo que se había trabajado desde la elaboración de la ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera, también conocida como ley fintech.

“La circular dice que cualquier plataforma que compre o venda criptomonedas o que ayude a guardarlas, no puede pedir esta autorización para operar activos virtuales y por ende no puede ser Institución de Tecnología Financiera... Entonces, con esta circular, se va a tener un efecto devastador en el sector”, explicó Tomás Álvarez, fundador del exchange de activos virtuales Volabit.

Al respecto, Jorge Tavares Robledo, socio fundador de la firma Legal & Compliance Advisors, señaló que todavía se tiene que definir más el tema de operaciones internas, pues  las instituciones de crédito – como los bancos –  pueden ser las únicas beneficiadas con dichas reglas.

“Algunas instituciones de crédito van muy avanzadas con una moneda virtual en especial, la cual tiene una blockchain privada…entonces los que tendrían dicho beneficio con la regla serían aquellos que tengan una blockchain privada, como los bancos”, comentó Tavares Robledo.

Según algunas voces cercanas al proceso regulatorio, esto demuestra que el Banxico no está cómodo con reconocer algún tipo de activo virtual; sin embargo, está consciente de que algunas tecnologías relacionadas a ellos podrían resultar eficientes para las operaciones internas de las instituciones del sistema financiero.

Hace algunos días, se informó que JP Morgan estaría por lanzar su propia criptomoneda, para mejorar la eficiencia de las transacciones y eliminar intermediarios con el fin de agilizarlas. Fuentes indicaron que este sería el camino que busca Banxico al limitar el uso de los activos virtuales a operaciones internas de las instituciones.

Para la industria de los activos virtuales, éstos, más allá de su ámbito especulativo, pueden ser eficientes para avanzar en la digitalización de pagos en el país; la publicación de estas reglas se da a unos días de que el Banxico demuestre su principal apuesta para la digitalización de pagos, vía el sistema CoDi, que será uno de los temas de la convención bancaria 2019.

Dentro de la circular, con la cual su publicación cumple con los tiempos establecidos en la ley fintech, se establecen las reglas para la operación de estos activos, la contratación de proveedores para su utilización y el manejo de las auditorías relacionadas a su uso.

Además, se abre un periodo de consulta sobre dicha circular, el cual tendrá una duración de 65 días hábiles a partir de la publicación, para recibir comentarios o sugerencias que el banco central podría considerar para incluir, vía disposiciones general, en la normativa de la operación de dichos activos. La circular entra en vigor a partir de este lunes.

Las instituciones que busquen operar con activos virtuales deberán:

  • Presentar solicitud de autorización ante el Banxico.
  • Describir el modelo de operación de los activos virtuales que pretenda utilizar.
  • Explicar los beneficios que representa operar activos virtuales.
  • Describir las características de protocolos del activo virtual que pretenda operar; así como sus reglas de operación de la infraestructura tecnológica.
  • Detallar las características del mercado del activo virtual.
  • Abundar en las medidas que la institución pretenda adoptar para impedir que sus clientes incurran en algún riesgo derivado de operar activos virtuales. 

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