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Economía

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Diputados avalan Ley Aduanera y Código Fiscal

El pleno de la Cámara de Diputados avaló los cambios a los dictámenes realizados por el Senado y fueron remitidos al Ejecutivo para su promulgación.

El pleno de la Cámara de Diputados dio luz verde a las minutas que recibió del Senado, tras lo cual los remitió al Poder Ejecutivo para que se proceda a su promulgación.

Con 405 votos a favor, 19 en contra y cuatro abstenciones, los legisladores aprobaron el documento que reforma la Ley Aduanera, a fin de modernizar y agilizar el despacho de mercancías de importación y exportación, tras lo cual la turnó al Poder Ejecutivo para su promulgación.

El documento remitido por los senadores no contiene modificaciones de fondo con respecto al proyecto que avalaron los diputados el martes 15 de octubre, en su calidad de cámara de origen.

De acuerdo con la minuta, los cambios tienen que ver con "errores de referencia" a distintos artículos, que hubieran podido generar incertidumbre jurídica.

La minuta que regresó el Senado para su análisis y aprobación, forma parte de la reforma hacendaria y el paquete económico 2014 que remitió el Ejecutivo federal el 8 de septiembre.

En lo referente al Código Fiscal, este recibió el visto bueno de los legisladores con 374 votos a favor, 54 en contra y cuatro abstenciones.

El objetivo de esta legislación es simplificar el cumplimiento de las obligaciones tributarias y estimular la incorporación a la formalidad.

Los diputados aprobaron de manera inicial ese dictamen, el pasado 15 de octubre, con modificaciones a unos 50 artículos respecto a la propuesta que envió el Ejecutivo federal y lo turnaron al Senado para su análisis y ratificación.

En la discusión de la minuta en la cámara alta, el pasado 24 de octubre, los senadores incorporaron diversas modificaciones con el objeto de precisar referencias en el articulado, por lo que la minuta se devolvió a la Cámara de Diputados.

Los artículos con modificaciones de forma efectuadas por el Senado son los siguientes: 14-B, 26, 26-A, 29, 29-A, 30, 32-B, 34-A, 36 Bis, 46, 46-A, 48, 69, 76, 81, 83, 84, 84-G, 86-B, 86-1, 111, 113-A y Segundo Transitorio.

El dictamen aprobado contempla medidas contra contribuyentes defraudadores, ya que reconoce como delito, con sanción de tres meses a seis años de prisión, la expedición de comprobantes fiscales que amparen operaciones inexistentes o falsas.

También establece que la autoridad fiscal podrá dejar sin efectos los certificados de sellos o firmas digitales cuando detecten que los comprobantes fiscales emitidos se utilizaron para amparar operaciones inexistentes, simuladas o ilícitas, o el contribuyente no puede ser localizado o desaparezca.

Además, plantea un procedimiento dirigido a sancionar y neutralizar el tráfico de comprobantes fiscales, para atacar la problemática de fraudes tributarios, sancionando a quienes los adquieren, venden o colocan y de alguna manera se benefician de esa actividad ilegal.

También incorpora las tarjetas de crédito y de débito como un medio adicional de pago de las contribuciones, "con el objeto de disminuir el uso del efectivo y fomentar los pagos a través de medios electrónicos".

Otorga, además, seguridad jurídica a los contribuyentes al señalar plazos expeditos para el aseguramiento precautorio de bienes e inmovilización de cuentas bancarias.

Establece la obligación del uso del comprobante fiscal digital por Internet, utilizándolos también para los casos en que se realicen retenciones de contribuciones, con lo cual se busca eliminar la obligación de presentar declaraciones informativas de retenciones y de operaciones con terceros.

Finalmente, propone la creación de un sistema de comunicación electrónico denominado buzón tributario para conectar a los contribuyentes y a las autoridades fiscales.

klm

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