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INAI: el SAT incumplió con transparentar créditos fiscales
Las cancelaciones o condonaciones también representan 34% del presupuesto proyectado para la compra consolidada de medicamentos en el 2017, que es de 50,000 millones y con el cual se garantizaría el derecho a la salud.
De 20 resoluciones en las que el INAI ordenó transparentar la información sobre la cancelación y condonación de créditos fiscales, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) sólo cumplió una y parcialmente.
Así lo dio a conocer el comisionado del Instituto Nacional de Transparencia y Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), Joel Salas Suárez, tras la presentación del informe Privilegios fiscales: beneficios inexplicables para unos cuantos , que dio a conocer Fundar.
El comisionado destacó que estas resoluciones se dieron antes de la entrada en vigor de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, pero ahora, con el nuevo ordenamiento, ya hay medidas de apremio y sanciones que se pueden aplicar si no se acatan las resoluciones del instituto.
Recordó que la ley sólo facultaba al INAI a dar vista al Órgano Interno de Control de la Función Pública para que iniciara la investigación correspondiente.
Refirió que el estudio de Fundar reporta un total de cancelaciones y condonaciones de créditos fiscales del SAT por 16,893 millones de pesos, lo que equivale a 68% del presupuesto del programa Escuelas al CIEN para 2015-2016, que fue de 24,907 millones y con el cual se garantizaría el derecho a la educación de calidad.
Las cancelaciones o condonaciones también representan 34% del presupuesto proyectado para la compra consolidada de medicamentos en el 2017, que es de 50,000 millones y con el cual se garantizaría el derecho a la salud, agregó.
En su informe de labores 2015, el INAI dio a conocer que presentaron 16 denuncias de hechos ante la Secretaría de la Función Pública, ocho de ellas fueron contra el SAT.
Lo anterior, por considerar que, por lo menos, incurrieron en la causal de responsabilidad administrativa grave prevista en el artículo 63, fracción VII, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, al haberse negado a proporcionar información cuya entrega fue ordenada por el INAI al respecto del siguiente tema: créditos fiscales no pagados, cancelados o condonados , acota.
Pero ahora, de acuerdo al artículo 71 de la Ley General de Transparencia, el SAT debe publicar en su página de Internet el nombre, denominación o razón social y clave del registro federal de los contribuyentes a los que se les hubiera cancelado o condonado algún crédito fiscal, así como los montos respectivos. Asimismo, la información estadística sobre las exenciones previstas en las disposiciones fiscales .