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El Empresario

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El sector financiero sin el TLCAN

El tema del sector financiero en la renegociación del TLCAN debería tomar mayor relevancia y ser aprovechado por nuestros negociadores para que lleve a cabo una modernización del Tratado sin las huecas amenazas de Estados Unidos de abandonarlo.

El tema del sector financiero en la renegociación del TLCAN debería tomar mayor relevancia y ser aprovechado por nuestros negociadores para que lleve a cabo una modernización del Tratado sin las huecas amenazas de Estados Unidos de abandonarlo.

Ante la renegociación del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN), se ha prestado nula atención a un tema muy importante, ¿qué pasará con los acuerdos en el sector financiero si se acaba el TLCAN?.

El tratamiento otorgado al sector financiero entre los países que conforman el TLCAN, Canadá, Estados Unidos y México, está regido por su Capítulo 14. En este Capítulo se detalla la manera en que Instituciones Financieras o inversionistas particulares de cualquiera de los tres países, pueden invertir u ofrecer servicios financieros en otro de los países que son parte del TLCAN.

Las disposiciones negociadas para el sector financiero en el TLCAN cubren las inversiones y operación en subsectores tales como grupos financieros, bancos comerciales, sociedades controladoras, banca múltiple, casas de bolsa, almacenes generales de depósito, arrendadoras financieras, empresas de factoraje financiero, instituciones de fianzas, instituciones de seguros, uniones de crédito, casas de cambio, especialistas bursátiles, sociedades de ahorro y préstamo, sociedades operadoras de sociedades de inversión y sociedades de inversión entre otras.

La apertura del sector financiero entre los países del TLCAN a partir de 1994, se fundó en base a dos principios básicos, el Trato Nacional y el Trato de Nación Más Favorecida.

El Trato Nacional se refiere a que cualquiera de los países integrantes del TLCAN le darán y aplicarán a los inversionistas particulares o a las instituciones financieras de cualquier otro país integrante del TLCAN, el mismo trato y regulaciones que le dan y aplican a sus inversionistas nacionales o a sus instituciones financieras nacionales.

El Trato de Nación Más Favorecida compromete a los países miembros del TLCAN a otorgar a inversionistas, a instituciones financieras, a inversionistas en instituciones financieras y a los prestadores de servicios financieros transfronterizos de los otros países miembros del TLCAN, un trato no menos favorable que el concedido a sus contrapartes de países que no sean miembros del TLCAN en circunstancias similares.

El TLCAN le da derecho a inversionistas de los países miembros a prestar servicios financiero o ser propietario de instituciones financieras en territorio de otro país miembro sin estar sujeto a requisitos específicos de propiedad establecidos para las instituciones financieras extranjeras de países que no pertenecen al TLCAN. También le da derecho a que altos ejecutivos y miembros del consejo de las instituciones financiera puedan trabajar en el país integrante que albergó la inversión.

Si alguno de los países miembros del TLCAN se sale del Tratado, pierde todos estos derechos. Por ejemplo, si Estados Unidos decide abandonar el TLCAN, México podrá exigir a los inversionistas de los Estados Unidos en el sector financiero mexicano, que cumplan con la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras como extranjeros pertenecientes a un país que no tiene Tratado Internacional con México. Esto implicaría que perderían sus autorizaciones para operar o tendrían que reducir su participación accionaria sustancialmente.

Siguiendo con el ejemplo, todas aquellas empresas de seguros, fianzas, bancos, casas de bolsa y en general instituciones del sector financiero cuyo capital sea originario de los Estados Unidos, tendrían que cerrar o volver a solicitar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público una nueva autorización para mantener su inversión y/o poder operar en México ya que estarían fuera de la ley.

Todos los ingresos que reciben los inversionistas de los Estados Unidos por parte de sus inversiones en el sector financiero mexicano, dejarían de formar parte del monto global de dinero que obtienen los Estados Unidos del comercio de productos y servicios de México gracias al TLCAN, y del cual también forman parte sus exportaciones de mercancías a México así como lo gastado por turistas mexicanos en ese país.

Otro inconveniente para Estados Unidos al abandonar el TLCAN sería que aquellas instituciones financieras de origen de fuera de la región del TLCAN que pudieron accesar el mercado financiero mexicano gracias a filiales que tenían en Estados Unidos quedarían fuera de ley, excepto aquellas que pertenezcan a países con los que México tiene tratados internacionales y hagan el cambio de posesión de sus acciones en favor de sus matrices.

Lo anterior nos indica que el tema del sector financiero en la renegociación del TLCAN debería tomar mayor relevancia y ser aprovechado por nuestros negociadores para que lleve a cabo una modernización del Tratado sin las huecas amenazas de Estados Unidos de abandonarlo.

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