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Corte avala fallo contra cártel
El máximo tribunal de la nación respaldó el fallo del 2010 de la CFC contra cuatro laboratorios que se coludieron para venderle caro al IMSS.
La resolución que emitió la extinta Comisión Federal de Competencia (CFC) en el 2010 en contra de las empresas farmacéuticas Baxter, Fresenius, Eli Lilly y PiSA por cometer prácticas monopólicas absolutas para eliminar la competencia en las licitaciones de insulina humana fue confirmada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
Mediante un comunicado, la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) informó que la sentencia de la SCJN no sólo avala la investigación que hace constar la realización de la práctica, también refrenda la validez de los análisis económicos como prueba indirecta para detectar conductas anticompetitivas.
Además, la resolución de la SCJN determinó que las multas impuestas a las empresas participantes en el cártel, que en total sumaron 151 millones 679,000 pesos, debían ser modificadas o recalculadas.
Una vez que la Segunda Sala confirmó la legalidad de ese acto, también concedió un amparo a los laboratorios exclusivamente para que la autoridad responsable deje insubsistente el acto reclamado, y emita otro en el que sólo deberá cuantificar de nuevo la multa impuesta a las quejosas, tomando en cuenta para ello el salario mínimo vigente en la fecha de realización de la práctica monopólica sancionada por la autoridad , explicó la SCJN en otro comunicado.
Las prácticas monopólicas absolutas consistieron en acuerdos entre estas farmacéuticas en los procesos de licitación de insulina y sueros del Instituto Mexicano del Seguro Social entre el 2003 y el 2006, para repartirse los contratos concursados, lo cual se pudo detectar a través de un análisis económico respecto de los resultados de las licitaciones realizadas en dicho periodo, cuya consecuencia fue un incremento artificial de los precios de la insulina y sueros.
La coordinación entre los competidores se vio favorecida por ciertas condiciones de mercado tales como la homogeneidad de los bienes licitados, la frecuencia de las convocatorias, la asignación de múltiples contratos, la descentralización de las adquisiciones y el intercambio de información entre las empresas involucradas , explicó la Cofece.
Agregó que para estimar el daño patrimonial que esta práctica ocasionó al IMSS, la Cofece realizó una evaluación ex post, cuyos resultados sugieren que, en promedio, el IMSS pagó en el periodo referido un sobreprecio de 2.9% en sus compras de sueros y de 57.6% en las de insulina humana, lo que equivale a alrededor de 622.7 millones de pesos (a precios del 2014).