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IFT deberá repetir análisis de fusión Disney-Fox

El magistrado consideró que el regulador desechó indebidamente una denuncia contra la concentración, por lo que le ordenó que investigue de nuevo si la operación afecta la competencia.

Un juez federal ordenó al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) que repita el análisis de la concentración entre Disney y Fox, pues determinó que el órgano regulador rechazó indebidamente una denuncia en contra de dicha operación.

De acuerdo con una resolución que obra en el expediente 121/2019 radicado en el Juzgado Primero de Distrito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, la autoridad investigadora del IFT desechó indebidamente una denuncia en materia de competencia sobre la fusión Disney-Fox, por hechos que la califican como presuntamente ilícita.

De este modo, se ordenó que el IFT investigue de nuevo los hechos denunciados y, en su caso, resuelva si existen elementos para darle curso a la misma. Televisa, junto con otras cableras, fue la promovente del recurso legal.

De acuerdo con fuentes con conocimiento del caso, una de las posibles consecuencias de la reposición del proceso es que la transacción se revoque y se considere ilícita.

En marzo pasado, el IFT sostuvo que la operación tal como se planteó originalmente “generaría riesgos al proceso de competencia y libre concurrencia en dos mercados relevantes que corresponden a la provisión y licenciamiento de canales restringidos a proveedores del servicio de TV de paga en las categorías programáticas fáctica (que incluye programas culturales, documentales y realities) y deportes”.

Su diagnóstico fue que la concentración daría lugar a que las partes acumulen en su conjunto cerca de 80% del mercado de deportes, medido en términos de audiencia, donde Disney participa con los canales ESPN y Fox con los canales Fox Sports.

En consecuencia, se advirtió que de la concentración resultaría una empresa con la capacidad unilateral de afectar la oferta o los precios para los proveedores de servicios de televisión y audio restringidos, sin que dichos efectos pudieran ser contrarrestados por otros competidores.

Por ello, condicionó la transacción a que la entidad fusionada desincorporara en un plazo de seis meses (prorrogable por otros seis por causas justificadas) el negocio de la provisión y licenciamiento de los canales deportivos de Fox (conocidos comercialmente como Fox Sports), fijando el compromiso de que el negocio no se recomprara en cuando menos 10 años.

El IFT también ordenó que la entidad fusionada no reclutara durante al menos tres años a partir de la venta de Fox Sports a personal clave del negocio desincorporado, y que no ofreciera contenidos que en los últimos tres años hubiera ofrecido en exclusiva el negocio desincorporado.

empresas@eleconomista.mx

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