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Juicios ordinarios harán inservible la ley de competencia: expertos

La Ley de competencia, que presumiblemente aprobarían los senadores en esta semana, será inservible y tramposa por incluir una herramienta de controversia (juicio ordinario) a las resoluciones que dicte la CFC sobre una práctica monopólica.

La Ley de competencia, que presumiblemente aprobarían los senadores en esta semana, será inservible y tramposa por incluir una herramienta de controversia (juicio ordinario) a las resoluciones que dicte la Comisión Federal de Competencia (CFC) sobre una práctica monopólica, lo que no sólo provocará una parálisis en los tribunales sino además minimizará la investidura del Estado como autoridad, coincidieron especialistas en la materia. Con la modificación al artículo 39 de la Ley Federal de Competencia Económica que realizaron en días pasados, se determina la creación de juzgados y tribunales especializados en materia de competencia que sigan el juicio ordinario administrativo a petición de un particular.

Es decir, permitiría a las empresas, que a juicio de la CFC han violado la ley, extender indefinidamente los recursos legales que tienen a su alcance para evitar que las sanciones se cumplan.

Es un freno claro a las muy buenas reformas que plantea el proyecto como son las multas y sanciones penales y me preocupa que éste haya sido el interés... Someter al Estado en un procedimiento que está diseñado para resolver problemas con un particular y al Estado cuando actúa como un particular, es acabar con la fuerza que debe tener el mismo respecto de los gobernados , aseveró Irene Levy, catedrática de la Universidad Iberoamericana.

En general, el paquete que aprobó la Cámara de Diputados en materia antimonopolios es razonable y satisfactorio , pero con el artículo 39, que no debieron mover, resulta una mancha que cobra vida para minimizar la reforma , consideró Alejandro Faya, especialista en regulación y competencia.

Ambos abogados consultados por El Economista explicaron que el procedimiento de juicio ordinario no es claro y mucho menos genera certidumbre jurídica ni a la autoridad (CFC) ni a los particulares (agentes económicos).

Miguel Flores, comisionado de la CFC, precisó que un juicio ordinario administrativo federal es un medio de defensa excepcional, en el cual no es suficiente que una de las partes en la controversia sea una autoridad del Estado, sino que además la causa que dio origen a la relación o vínculo que existe entre la autoridad y el particular sea originalmente de índole principalmente privada o con un componente civil .

lgonzalez@eleconomista.com.mx

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