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Si no se cubre 40% de la jornada laboral en casa, no aplica el teletrabajo

No todo el trabajo que se realiza en casa puede ser considerado como teletrabajo, ya que la nueva ley establece que para que exista un contrato de esta naturaleza se debe cubrir más del 40% de la jornada laboral en el domicilio, y eso no sucede en todos los casos

Foto: Reuters

No todo el trabajo que se realiza en casa puede ser considerado como teletrabajo, ya que la nueva ley establece que para que exista un contrato de esta naturaleza se debe cubrir más del 40% de la jornada laboral en el domicilio, y eso no sucede en todos los casos.

De acuerdo con especialistas, la nueva ley establece derechos y obligaciones para quienes acuerden firmar un contrato de trabajo en el domicilio; no obstante, en este momento se vive un caso fortuito “por causa de fuerza mayor”, debido a la pandemia y se obliga a realizar ciertas actividades en casa, pero no a establecer un contrato bajo el concepto de home office

Asimismo, abogados laborales consideran que si hay acuerdos para que tres días a la semana los trabajadores acudan a su centro de trabajo, cuidando las medidas sanitarias establecidas por la autoridad de salud; no hay razón para establecer una relación laboral como teletrabajo.

“Para que las obligaciones en materia de teletrabajo sean exigibles a los patrones, el teletrabajador debe prestar sus servicios en más del 40% en su casa o el lugar que él destine para tales efectos. Hay muchos casos en los que se hace trabajo en casa; pero no cumple con la cuota, por ejemplo si están en una jornada de cinco días de trabajo y tres de ellos van a la oficina, entonces no puede considerarse como teletrabajo”, explicó Germán de la Garza de Vecchi, de la firma Deloitte Legal-Mowat.

Héctor de la Cruz, especialista laboral comentó que “el nuevo artículo 330 A dice que no se considera teletrabajo cuando el trabajador desempeñe sus labores a distancia hasta el 40% de su jornada, es decir, más del 40% en home office será considerado teletrabajador y por lo tanto le aplican las nuevas reglas; por ejemplo, si una persona desempeña su trabajo en un 35% en home office y el resto es presencial, a esa persona no le aplica el teletrabajo y sus condiciones laborales no cambian, por tanto el patrón no le debe pagar la luz o el internet, ni darle la silla ergonómica, etc”.

Ricardo Martínez, de D&M Abogados, comentó que el trabajo en casa ahora no es una estrategia que hay tomado las empresas, sino es por la salud y seguridad; y están “trabajando y operando de manera correcta y oportuna, que ha traído ventajas, claro pero no es algo que se decidiera en la compañía al 100% como una estrategia fundamental”.

El pasado martes 12 de enero entró en vigor el Artículo 311 de la Ley Federal del Trabajo en materia de Teletrabajo, así como las obligaciones tanto para empleadores como para trabajadores. De tal manera que están obligados a proporcionar, instalar y encargarse del mantenimiento de los equipos necesarios como el equipo de cómputo, sillas ergonómicas, impresoras, así como recibir oportunamente el trabajo y el pago de salarios en la forma y fechas estipuladas.

Asimismo, debe asumir los costos derivados del trabajo como el pago de servicios de telecomunicación y la parte proporcional de electricidad e implementar mecanismos que preserven la seguridad de la información y datos utilizados por las personas trabajadoras.

“La emergencia sanitaria ha demostrado la validez del home office, una herramienta para la cual la tecnología seguirá desempeñando un papel crucial, no sólo permitiendo la conectividad a los empleados fuera de las oficinas, sino también favoreciendo una nueva organización de trabajo y garantizando la seguridad de datos y privacidad”, destacó Martha Barroso, directora de People & Culture para ManpowerGroup Latinoamérica. 

Los sectores que poseen mayor tendencia a adaptarse al trabajo remoto son ciberseguridad, transformación de negocio, contabilidad y ventas; sus colaboradores se benefician de menor probabilidad de traslado, más tiempo para ellos mismos, menor exposición a riesgos, y poder de gestionar sus tiempos en cómo y cuándo trabajar.

Pilar Martínez es reportera de Empresas y Negocios.

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