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Tribunal argentino falla a favor de Grupo Clarín

La Cámara Federal en lo Civil y Comercial de Argentina se expidió sobre la cuestión de fondo acerca de la constitucionalidad de la Ley de Medios cuestionados por el multimedio argentino.

Un tribunal argentino falló parcialmente a favor del grupo de medios Clarín al declarar inconstitucional un artículo de la ley de medios audiovisuales aprobada en 2009 que limita el número de licencias de televisión de pago, informó la Corte Suprema de Argentina.

La Cámara Federal en lo Civil y Comercial de Argentina se expidió sobre la cuestión de fondo acerca de la constitucionalidad de los artículos de la Ley de Medios cuestionados por el Grupo argentino Clarín. El tribunal consideró constitucionales los artículos 161 y 41 (el primero que establece los plazos de desinversión y el segundo la modalidad de las transferencias) y parcialmente constitucional el artículo 45, que fija los límites de las licencias permitidas.

La sentencia causó inicialmente sorpresa e incertidumbre, ya que se esperaba un fallo en bloque desfavorable para el Gobierno. Sin embargo, de la lectura se desprende que esta previsión finalmente se habría confirmado: las objeciones sobre el artículo 45 afectan aquellos incisos que obligaban al Grupo Clarín a desinvertir por exceso de cantidad de licencias, sobre todo en la televisión por cable, la principal fuente de ingresos del holding de medios.

La sentencia dice que, al tratarse la televisión por cable de un recurso no escaso , es irrazonable limitar la cantidad de licencias que se puedan tener, lo cual compromete no solo el derecho a la libertad de expresión e información, sino también el derecho a la propiedad .

El Tribunal validó otro artículo que otorga un plazo de un año para revertir las licencias de radio y televisión abierta que excedan lo estipulado por la ley, cuyos artículos antimonopólicos aún no se pudieron aplicar, según el fallo difundido por el Centro de Información Judicial (CIJ) de la Corte.

En el Grupo Clarín se mostraron satisfechos con el fallo.

Fallo bien recibido en Grupo Clarín

Pese a la confusión inicial, el fallo del Tribunal argentino sobre la constitucionalidad de los artículos de la Ley de Medios cuestionados por el Grupo Clarín fue bien recibido en el holding de medios. Nos deja a derecho y no tenemos que adecuarnos , aseguró.

El grupo explicó que el artículo 45 es el corazón de la ley y en él estaba todo lo que nos hacía estar fuera de derecho, como el límite de 24 licencias, el límite del 35% del mercado, etcétera. De esta manera, el artículo 161, que daba un plazo para desinvertir, no tiene razón de ser", dijo.

Esto porque la sentencia dice que, al tratarse la televisión por cable de un recurso no escaso , es irrazonable limitar la cantidad de licencias que se puedan tener, lo cual compromete no sólo el derecho a la libertad de expresión e información, sino también el derecho a la propiedad .

La sentencia había causado inicialmente sorpresa e incertidumbre, ya que se esperaba un fallo en bloque desfavorable para el Gobierno. Sin embargo, de la lectura del fallo se desprende que esta previsión finalmente se ha confirmado: las objeciones sobre la parcial constitucionalidad del artículo 45 afecta aquellos incisos que obligaban al Grupo Clarín a desinvertir por exceso de cantidad de licencias, sobre todo en la televisión por cable, la principal fuente de ingresos del holding de medios. (Con información de AFP)

Contenido de la Red Iberoamericana de Prensa Económica

rgs

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