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Van por reglamentación de salario en emergencias
La iniciativa prevé que se pague sueldo íntegro al trabajador por 30 días, pero también abre espacios para la negociación.
El coordinador del Grupo Parlamentario de Morena, Ricardo Monreal, presentó en el Senado de la República una iniciativa de ley que busca modificar en la Ley Federal del Trabajo (LFT) los artículo 427 y 429, con el fin de garantizar el pago de salarios completos a los trabajadores frente a contingencias por causa de fuerza mayor.
Luego de que se generó controversia sobre las acciones que podrían tomar las empresas en sus relaciones laborales, el senador Monreal planteó la posibilidad de reformar la LFT para evitar interpretaciones equivocadas, pues se requiere “crear una nueva figura no prevista en la Ley Federal del Trabajo, lo cual ha generado incertidumbre a los trabajadores y empleadores de todos los sectores a nivel nacional”.
El art. 427 que algunos patrones utilizaron para dar por concluidas las relaciones laborales “no encaja” en la declaratoria de emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor, que decretó el Consejo de Salubridad General el pasado 30 de marzo, no entra “en ninguno de los supuestos que prevé la Ley, lo cual genera la necesidad de realizar adecuaciones en la Ley Federal de Trabajo a fin de brindar certidumbre legal en materia laboral para todas y todos los trabajadores y empleadores del país”.
En ese sentido, el senador de Morena propone agregar en el artículo 427 la fracción VIII para quedar que “la suspensión de labores o trabajos, que declare la autoridad sanitaria competente, en los casos de emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor (...) el patrón deberá pagar el salario íntegro al trabajador hasta por 30 días. En todo caso, el pago del salario podrá ser convenido por las partes, sin que pueda ser inferior al mínimo”.
Una iniciativa errática: especialistas
Al respecto el especialista laboral, Oscar de la Vega, comentó que “al parecer el gobierno admitió que hay una equivocación y quieren agregar una nueva fracción en el artículo 427, que será ex profeso para este tema de coronavirus, pero en realidad es un despropósito”.
Alfonso Bouzas, coordinador del Observatorio Laboral comentó que “es una copia de caricatura de la reforma del 2012 que no resuelve una situación complicada, no va a modificar la suerte de lo que estamos viviendo, es una iniciativa desafortunada y protagónica”.
Pablo Franco, presidente de la Unión de Juristas de México, comentó que la iniciativa no logra un claro objetivo en la redacción que propone para la fracción quinta del artículo 429. “Es contradictoria puesto que en su primera parte refiere que deberá pagarse el salario íntegro hasta por 30 días; pero inmediatamente abre la posibilidad de que pueda pactarse entre las partes en la condición de que no sea inferior al mínimo. En realidad puede crear mayor incertidumbre”.
Franco añadió que “esto es ocioso y hasta contraproducente, puesto que ese error de técnica legislativa”.
¿En qué consiste la iniciativa de reforma a la LFT?
• Mantiene el artículo 427 en sus fracciones I a VII, pero agrega una nueva fracción: la VIII que pretende establecer cómo deben declarar las autoridades sanitarias un caso de emergencia que involucre suspensión de actividades.
• Agrega que el patrón deberá pagar el salario íntegro al trabajador hasta por 30 días.
• También da la opción de que el pago del salario sea convenido por las partes, sin que pueda ser inferior al mínimo.