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Contrarreforma energética costaría cara a México en el T-MEC

Alertan que México tendría que ceder en otros sectores de interés para EU y Canadá.

Ya sea con Kamala Harris o con Donald Trump, se prevé una revisión complicada del T-MEC en 2026. foto: reuters Marco Bello

El trato privilegiado a las empresas de energía del Estado que establece la recién aprobada reforma constitucional en materia de sectores estratégicos, en detrimento de los inversores privados, puede “costar caro” a México en la revisión del Tratado México-Estados Unidos-Canadá (T-MEC) en el 2026, pues las contrapartes podrían exigir a cambio otras ventajas, destacaron analistas. 

“Ese va a ser un tema en esas pláticas y más con una contraparte como lo puede ser Donald Trump, si gana la elección presidencial. Ellos podrían decir ‘te lo puedo ceder’ (el trato diferenciado a las inversiones en energía), pero te lo cobro caro, porque en este momento la apertura completa ya la tienen como dada”, opinó César Hernández, socio director del despacho Publius.

La reforma aprobada los primeros minutos de este miércoles por el Senado mexicano estableció cambios a los artículos 25, 27 y 28 de la constitución y revierte parcialmente la apertura de mercado de la reforma del 2013.

No impide que los privados sigan participando en las actividades de generación y comercialización eléctricas, pero ahora les marca límites ya que “en ningún caso tendrán prevalencia sobre la empresa pública del Estado”, según el nuevo texto del artículo 27 constitucional.

En la revisión del T-MEC en el 2026, México llegará con estos cambios bajo el brazo, cuando el tratado fue negociado originalmente con el compromiso del país de una apertura completa en los mercados de generación, transmisión, distribución y suministro eléctrico, así como un trato no discriminatorio a los inversores frente a las empresas estatales.

A decir de César Hernández, si México quisiera que su nuevo marco legal en energía fuera aceptado dentro del T-MEC, el país tendría que ceder en otros temas de interés para sus contrapartes.

“Y ¿quién lo va a pagar? ¿La industria exportadora de berries, o automóviles, o la de acero? De algún lugar tiene que salir la compensación para Estados Unidos del menoscabo que perciban que están recibiendo en la parte de energía”, comentó.

Puntos de choque

Pero no solo el mandato de “prevalencia” de las empresas estatales de la nueva reforma energética chocaría con lo establecido por el T-MEC. La discriminación regulatoria sería otro foco de preocupación, apunta Víctor Ramírez, especialista en energía.

Porque la reforma al artículo 28 constitucional establece que será “la empresa pública del Estado que se establezca”, quien se haga cargo de la planeación y el control del sistema eléctrico nacional.

Si esa empresa es la CFE, se configuraría un conflicto de intereses, ya que por un lado sería competidora del mercado, pero también ejercería labores de planeación y de operación de la red eléctrica, en las que podría imponer criterios no competitivos para el resto del mercado.

“Para efectos del T-MEC tendría un problema porque a quien estás teniendo como árbitro, como operador del sistema es a una empresa que es parte de la competencia. Esta sería una complicación para el T-MEC u otros tratados comerciales como el Acuerdo Transpacífico”, dijo Ramírez.

Según un análisis del Instituto Mexicano de la Competitividad, la reforma energética aprobada esta semana entra en conflicto con al menos cinco capítulos del T-MEC.

Entre estos, figura el 14, sobre Inversión, en donde reside la llamada “cláusula trinquete” establece que, “si un país abre su economía permitiendo más comercio o inversión extranjera, no podrá retroceder esas medidas en el futuro ni cerrar sectores previamente abiertos a la participación privada”.

Igualmente, es de importancia el Capítulo 22, que regula a las empresas propiedad del Estado. Ahí se advierte que las empresas estatales deberán operar bajo criterios comerciales y que los organismos administrativos que regulen a las empresas propiedad del Estado (incluyendo aquellas en el sector energético) deben ser imparciales.

Un punto de tensión aquí es que en el cambio de empresas productivas a públicas, el nuevo texto constitucional las exime de la aplicación de la legislación antimonopolios, lo cual las coloca en una situación ventajosa respecto de las empresas privadas.

“Respetar las disciplinas de los tratados e instrumentos de los que México es parte no únicamente es una cuestión jurídica, sino para la competitividad del país, ya que estos sólo servirán para expandir el comercio y la inversión del país si se demuestra un compromiso creíble con sus disciplinas”, opinó el IMCO.

Algunos puntos de conflicto de la reforma energética con el T-MEC

Capítulo 14 

(Inversión):

• La “cláusula trinquete” incluida en el T-MEC establece que, si un país abre su economía permitiendo más comercio o inversión extranjera, no podrá retroceder esas medidas en el futuro y la reforma revierte parcialmente la apertura del sector eléctrico.

Capítulo 22

(Empresas propiedad del estado):

• Este capítulo establece que las empresas estatales deberán operar bajo criterios comerciales. La reforma libera de la legislación antimonopolio a las empresas públicas.

Capítulo 32

(Excepciones y disposiciones generales):

• México se compromete a otorgar las medidas menos restrictivas en materia de inversión, comercio transfronterizo de servicios, y empresas propiedad del Estado y monopolios designados. El sector energético está plenamente incorporado en el TIPAT, ratificado previo al T-MEC, por lo que forma parte integral de este tratado.

Editor de Empresas y Negocios en El Economista

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