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La CROC pedirá profundizar en las reglas de "calificación" para otorgar créditos del Infonavit
El líder de la Confederación Revolucionaria de Obreros y Campesinos (CROC), Isaías González Cuevas, dijo que el establecimiento del diálogo con el poder legislativo, permitirá presentar un análisis de fondo sobre las reglas que utiliza el Infonavit para el otorgamiento de crédito para la vivienda de los trabajadores.
El líder de la Confederación Revolucionaria de Obreros y Campesinos (CROC), Isaías González Cuevas, dijo que el establecimiento del diálogo con el poder legislativo, permitirá presentar un análisis de fondo sobre las reglas que utiliza el Infonavit para el otorgamiento de crédito para la vivienda de los trabajadores.
En entrevista con El Economista expuso que los criterios mínimos para el otorgamiento de crédito establecen 3 bimestres de cotización continua y 1080 puntos que no siempre son aspectos que dependen del trabajador, lo que impide el acceso al crédito.
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“Por ejemplo el criterio de edad y salario son 235 puntos, ahí se toma en cuenta el salario mensual integrado; también el ahorro en la subcuenta de vivienda, es el dinero -saldo- que tienes en la subcuenta, de eso son 122 puntos; y luego viene la cotización continua, que corresponde a los últimos bimestres de cotización, son 123 puntos, el tipo de trabajador ya sea permanente o temporal, eso otorga 123 puntos; y la estabilidad laboral, que es el promedio de los últimos tres años de la retención del personal de la empresa”, detalló el líder sindical.
El problema, añadió, es cuando se toma en cuenta el comportamiento de pago de la empresa, que se refiere al nivel de cumplimiento de las obligaciones patronales y comportamiento fiscal y jurídico; y también consideran el contexto, que se refiere a la ubicación y giro del patrón, ya que “penalizan la calificación del trabajador, y no sancionan al empleador, eso tiene que modificarse”.
Destacó que si bien la iniciativa de reforma ya fue aprobada en el Senado de la República “la vemos que no está completa. Para tener un crédito hay que tener 1080 puntos; pero deben quedar contemplados en la Ley que ese es un impedimento; por lo cual, los trabajadores no pueden tener un crédito, debe de bajarse”.
“Si la empresa no paga a tiempo, nos castiga, nos ponen ahí 125 puntos. No sancionan a la empresa. Sancionan a los dueños del dinero, que son las trabajadoras y los trabajadores cuando deben sancionar a la empresa, porque está atrasado en sus pagos que le quitó de su salario a los trabajadores y que lo tiene que enterar al Infonavit”, detalló.
Gonzalez Cuevas también se refirió a que el Infonavit a la hora de otorgar un crédito toma la opinión del Buró de Crédito cuando ese dinero que está en el Instituto es propiedad de los trabajadores, no es de la banca, no es del comercio. Por lo tanto, ahí consideramos que no debe operar el Buró de crédito para las y los derechohabientes del Seguro Social.
Asimismo, dijo que es fundamental que se deje claro quiénes tienen derecho a solicitar un crédito de vivienda, porque la redacción en la Ley dice que “personas trabajadoras”, en general; cuando debe decir en todo momento “los trabajadores derechohabientes”, tienen derecho a tener crédito. “Entonces, ahí manejan dos términos que confunden. Uno, personas trabajadoras. Y las personas trabajadoras son todas y todos. Y, en otro, dicen “trabajadoras, trabajadores derechohabientes", y consideramos que debe decir solamente “trabajadores derechohabientes" para que tengan derecho al crédito. Porque en esa confusión, ahí sí tenemos esa preocupación”.