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Estados no podrán endeudarse en plazos mayores de dos años
Los organismos paraestatales y paramunicipales no tendrán la facultad de contratar crédito a corto plazo, advirtió la SHCP.
Los estados del país ya no podrán endeudarse en plazos mayores de dos años, pues con la entrada en vigor de la Ley de Disciplina Financiera están obligados a demostrar una vigencia de financiamiento, monto y fuente de pago, indicó Marcela Andrade Martínez, titular de la Unidad de Coordinación con Entidades Federativas de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).
Los estados ya no tienen permitido solicitar crédito de tres o cinco años. De acuerdo a la ley, para contratar deuda deben demostrar en la solicitud de registro el monto, plazo, destino, la fuente de pago y la vigencia, la cual no deberá exceder más de dos años , expuso en la CCCXIII Reunión de la Comisión Permanente de Funcionarios Fiscales.
Andrade Martínez detalló que, en caso de que no se indique la vigencia, la solicitud de financiamiento se tendrá que aplicar sólo durante el ejercicio fiscal en el cual fue autorizado.
La solicitud debe ser analizada por el Congreso local en cuanto al destino y la capacidad de pago de la entidad para que se apruebe el endeudamiento. Lo que sí se está permitiendo, de acuerdo a la ley y al reglamento, es que pueden buscar una acreditación fuera del decreto con la aprobación de las dos terceras partes del Congreso , manifestó.
La funcionaria recordó que los organismos paraestatales y paramunicipales no pueden contratar crédito a corto plazo; el artículo 30 de la Ley de Disciplina Financiera expone que únicamente los gobiernos centrales de las entidades y municipios son los que pueden contratar obligaciones a corto plazo.
Las universidades que en su dinámica operativa traen esta parte de contratación de largo plazo si deciden contratar, primero deben solicitar autorización al Congreso local y deben reportarlo en el Registro Público Único .
Techo de endeudamiento
La titular de la Unidad de Coordinación con Entidades Federativas acentuó que, con el Sistema de Alertas que dio a conocer la SHCP el pasado 30 de junio, los estados tendrán un techo de endeudamiento de acuerdo al nivel de solvencia en el que se encuentren.
El techo de endeudamiento se fija para el 2018, dependiendo del color en el que se encuentren podrán endeudarse. se ubicaron 10 entidades en color amarillo, por lo que sólo se podrán endeudar 5% de los ingresos que registren .
Destacó que, este año, los estados todavía pueden tomar la deuda de acuerdo a lo que sus Congresos tienen preautorizados, esto no tiene limitación alguna para este ejercicio fiscal , dijo Marcela Andrade.
Este techo aplica sólo para la deuda que contraten con fuente de pago de libre disposición, no se incluye la deuda que algunas entidades tienen en el Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social y el Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública (FASP) .
Andrade Martínez expresó que también pueden contratar obligaciones financieras para proyectos de Asociaciones Público-Privadas, pero si bien éstas no entran dentro del techo de endeudamiento, se les dará espacio para financiamiento.
Excedente en ingresos
Comentó que los excedentes que se presenten por ingresos; es decir, que se tengan mayores recursos de lo que se aprobó en las leyes estatales de Ingresos, las entidades sí podrán destinarlo a gasto corriente.
Si las entidades están en un nivel de endeudamiento sostenible (focos verdes) y registran excedentes por ingresos, el artículo 14 de la Ley de Disciplina Financiera les permite usar dichos recursos sin límites a rubros como amortización de anticipo de deuda, pasivo circulante, inversión en fondos de ingreso o bien pueden utilizarlo en gasto corriente .
Mencionó que, para octubre, debe estar listo el Sistema de Alertas de los municipios. Actualmente, ya cuentan con la información financiera de 556 municipios, pero la idea es llegar a 874.