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Incentivos fiscales serían clave en Corredor Interoceánico

La publicación del paquete de incentivos fiscales para el Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec puede significar un parteaguas para que el sur-sureste aproveche el nearshoring, coincidieron los socios de Von Wobeser y Sierra, Luis Miguel Jiménez y Alejandro Torres.

La publicación del paquete de incentivos fiscales para el Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec puede significar un parteaguas para que el sur-sureste aproveche el nearshoring, coincidieron los socios de Von Wobeser y Sierra, Luis Miguel Jiménez y Alejandro Torres.

En entrevista con El Economista, Jiménez explicó que este paquete llega en un momento en donde el proyecto del corredor necesita contar con bases legales para atraer de manera efectiva a empresas manufactureras de exportación, y es partir de estos estímulos en que se concreta la apuesta.

“La mayoría de las empresas que están llegando por el nearshoring se están orientado hacia el Bajío, hacia el norte; entonces, la idea es generar toda esta serie de incentivos y beneficios para que otras empresas, otras unidades de producción se ubiquen en esta franja”, dijo.

El especialista recordó que los incentivos se dieron a conocer el pasado 5 de junio en el Diario Oficial de la Federación.

Entre las actividades económicas contempladas están la eléctrica y electrónica, semiconductores, automotriz, autopartes y equipo de transporte, dispositivos médicos, farmacéutica, agroindustria, equipo de generación y distribución de energía eléctrica, maquinaria y equipo, tecnologías de la información y la comunicación, así como metales y petroquímica.

Entre los estímulos fiscales destacan el descuento de 100% del Impuesto sobre la Renta durante los tres ejercicios fiscales, para los tres ejercicios siguientes, el estímulo se reducirá a 50%, a menos que se supere los niveles mínimos de empleo que se determinen posteriormente, en cuyo caso será de 90 por ciento.

También se contempla que durante seis ejercicios fiscales los contribuyentes puedan aplicar la deducción inmediata de 100% del monto original de la inversión de bienes nuevos de activo fijo que utilicen para el desarrollo de actividades productivas en las zonas establecidas, es decir, “se considerarán bienes nuevos aquellos que se utilicen por primera vez en México”.

estados@eleconomista.mx

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