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Finanzas Personales

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Podrán recuperar semanas de cotización

Si usted realizó un retiro parcial por desempleo, podrá reintegrar los recursos y recuperar sus semanas de cotización para su jubilación en su administradora de fondos para el retiro (afore).

Si usted realizó un retiro parcial por desempleo, podrá reintegrar los recursos y recuperar sus semanas de cotización para su jubilación en su administradora de fondos para el retiro (afore).

En el documento enviado por la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar), a la Comisión Federal de Mejora Regulatoria (Cofemer), se describe el procedimiento para que los trabajadores realicen el reintegro, ya sea total o parcial, por la cantidad que hayan dispuesto y puedan recuperar las semanas de cotización.

En el primer trimestre del año en curso, se realizaron un total de 267,000 solicitudes, es decir un promedio de 89,000 casos por mes, el monto entregado por las afores ascendió a 1,859 millones de pesos.

Por tanto, cada trabajador que dispuso del retiro por desempleo, en promedio recibió 6,900 pesos, mientras que en el 2008, el monto alcanzó los 3,800 pesos, comentó Oscar Franco López Portillo, director general de la Asociación Mexicana de Administradoras de Fondos para el Retiro (Amafore).

El documento establece que los trabajadores podrán acudir a su afore para solicitar la reintegración del retiro por desempleo.

El procedimiento

De acuerdo con las reformas propuestas, la administradora deberá entregar el formato denominado Reintegración de Recursos, que cumpla con los requerimientos del manual de procedimientos.

Una vez que la afore verifique si la solicitud para el reintegro procede, se deberá de informar al trabajador el monto por reponer a su cuenta, suma que se deberá realizar en un lapso no mayor a cinco días hábiles y en una sola exhibición, directamente en ventanillas de las administradoras o a través de transferencias electrónicas, si ofrecen el servicio.

Las administradoras o empresas auxiliares, a más tardar al día siguiente hábil, deberán remitir a las empresas operadoras la información que corresponda al IMSS, para que actualice los datos, con lo que los trabajadores podrán conocer con exactitud los montos y las veces que han ejercido el derecho por desempleo, el cual se puede realizar una vez cada cinco años.

Al respecto, el directivo de la Amafore, comentó que una vez que se emita en el Diario Oficial de la Federación, que prevén sea para finales de mayo, los trabajadores podrán realizar el reintegro de los recursos por retiro de desempleo.

Añadió que en coordinación con Procesar, el IMSS y las afores están instrumentando los lineamientos de la circular 78-1.

El reglamento determinará la forma en que se reintegrarán las semanas cotizadas en proporción con el depósito de lo retirado.

¿Qué son?

De acuerdo con información de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar), las semanas cotizadas son el tiempo que el trabajador contribuye al IMSS, estas semanas son derechos que el trabajador va acumulando, con el fin de ser acreedor a una pensión por parte del Instituto.

El número de semanas cotizadas a nombre de cada trabajador es determinado únicamente por el IMSS, por ello, al realizar retiros económicos por desempleo, el número de semanas cotizadas también se modifica.

Para el régimen de 1973 el trabajador debe cumplir por lo menos con 500 semanas de cotización, en el régimen de 1997 deben ser mínimo 1,250 semanas.

En el retiro parcial por desempleo, los trabajadores pueden disponer mínimo de 30 días y máximo 90 de su salario base de cotización, con lo que hay menos recursos en su afore, lo que también disminuye el número de semanas acumuladas para su etapa de retiro.

Cuando el trabajador se reintegre al mercado laboral y restituya el dinero a su afore, podrá con ello recuperar el tiempo de contribución ante el IMSS.

mdionisio@eleconomista.com.mx

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