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Finanzas Personales

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Si le piden ser aval, piénselo dos veces

Evalúe los riesgos antes de decir que sí: usted podría pagar deudas ajenas o pasar el compromiso a sus herederos.

Cuando le pidan ser aval, piénselo dos, tres o las veces que sea necesario. Asumir este compromiso –dicen los expertos- puede poner en grave riesgo su patrimonio.

Ser aval de una persona significa comprometerse a pagar una deuda que originalmente no es suya, pero que deberá liquidar en caso de que el deudor no pueda o no quiera liquidar , explicó Ángel González, director general de la Organización Nacional de la Defensa del Deudor.

Antes de aceptar un compromiso como este, conozca todos los riesgos asociados. Usted podría pagar deudas ajenas, los intereses generados y, en casos extremos, hasta perder su patrimonio.

Aunque nosotros consideremos que una persona es muy responsable, nadie nos garantiza que ésta vaya a poder cumplir con su obligación porque, si se queda sin trabajo, aunque sea una persona super responsable, si no tiene dinero, ¿cómo pagará? , ejemplificó el experto.

Pero los riesgos todavía van más allá. Olga Ávila, profesora de posgrado de la Universidad Panamericana, expuso que cuando el acreedor demanda el pago de la deuda al aval, ésta pasará a los herederos.

Si el deudor solidario o avalista muere, sus herederos quedarán obligados a responder por su deuda en proporción a su herencia , explicó la experta.

Además, cuando se trata de créditos bancarios, el aval tendrá un registro negativo en Buró de Crédito, de forma que cuando el deudor original incumple, también puede verse afectado el historial crediticio del obligado solidario, dijo.

¿ME PUEDEN EMBARGAR?

Sí, coincidieron los expertos. Si, por ejemplo, el aval tiene un auto que cubra el monto adeudado, se lo pueden embargar a través de un juicio ejecutivo mercantil. Así, el actuario puede presentarse en su domicilio y se procede al embargo de bienes , ilustró el Director General de Defensa del Deudor.

Si el acreedor logra que el aval pague la deuda, este último puede iniciar un proceso judicial por la vía mercantil en contra del deudor original para recuperar su dinero.

Esto es lo que la ley dice pero, en cuestiones prácticas, es sumamente complicado porque si el deudor no le pagó a la institución, será mucho más difícil que el aval solo logre que le paguen. Además, tiene que invertir su tiempo y dinero en un juicio , abundó.

¿SE PUEDE RENUNCIAR AL COMPROMISO?

Olga Ávila afirmó que no existe algún recurso legal para que la persona pueda dejar de ser aval una vez que ya asumió el compromiso.

La única forma mediante la cual una persona puede renunciar a esa responsabilidad es si el acreedor lo libera de esa obligación.

Tendrían que solicitar al acreedor una sustitución de aval , precisó.

Esta solicitud tiene que hacerse por escrito. Si el acreedor acepta, debe hacerse un nuevo contrato en el que se establezca el nombre del nuevo aval, añadió.

¿ALGUIEN PUEDE PONERME DE AVAL SIN QUE YO ESTÉ ENTERADO?

No. Usted se convierte en aval sólo si firmó personalmente el contrato. Si la deuda se paga, entonces se extingue esa obligación.

La persona es aval sólo por la deuda y monto que estipule el contrato. No para deudas futuras. Nadie es aval eternamente de nadie , explicó Ángel González.

Pero imagine que su amigo o familiar le informa que la deuda quedó liquidada y en realidad jamás pagó. Para evitar esto, pida a su respaldado la liberación del pagaré y guárdelo para cualquier aclaración futura.

Olga Ávila detalló que la liberación de la obligación también puede comprobarse mediante la carta finiquito o el estado de cuenta en ceros que otorga la institución, en la que se demuestre de manera clara que la deuda se liquidó en su totalidad.

¿EN QUÉ DEBO FIJARME SI YA SOY AVAL?

Especialistas de Finanzas Prácticas, el programa de educación financiera de Visa, indican que, al aceptar ser aval, legalmente se adquieren los mismos compromisos que el deudor original. Así pues, lo mejor es estar al tanto del desarrollo de la deuda.

Es fundamental estar siempre bien informado sobre el progreso del pago y la disminución de la deuda y asegurarse de que su respaldado está cumpliendo con lo acordado.

La comunicación en estos casos es muy importante , indican.

ilse.santarita@eleconomista.mx

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