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Reglas y proceso en una demanda de embargo
Éste es uno de los procedimientos más extremos para buscar el pago de una deuda, aunque lo ideal es cumplir con los compromisos financieros, saber cómo se debe proceder es importante para evitar abusos.
Las consecuencias por no saber manejar y controlar las deudas pueden tener implicaciones graves, además del score crediticio y la situación en el Buró de Crédito, las entidades acreedoras pueden llegar a emprender algunas acciones más drásticas con tal de cobrar el adeudo correspondiente.
Una de las situaciones más adversas que un deudor puede enfrentar es la del embargo y todos podemos estar expuestos a ser víctimas de uno. En México, las deudas con tiendas departamentales, con bancos que son parte de estas tiendas como Banco Azteca o BanCoppel, y aquellas con otras instituciones bancarias son las más comunes de llegar a ese punto.
Muchos recordamos que en la película de “Nosotros los Pobres”, a Pepe el Toro le embargan maquinaria necesaria para su labor de carpintero. Esa situación se dio debido a que no conocía el proceso del embargo y evitar abusos es posible si se tienen claras las reglas.
Tipos de embargos
Gerardo Rosales es abogado especializado en la rama civil-mercantil y explicó que el embargo es una medida precautoria donde aseguran bienes muebles e inmuebles con la finalidad de garantizar el cumplimiento de una deuda.
“Esencialmente existen dos tipos de embargos, el preventivo, que es previo a un juicio y se ejecuta cuando existe un título ejecutivo como un pagaré, y el apremiativo, éste se ejecuta luego de la sentencia de un juez por incumplimiento de pago, principalmente en tiendas departamentales o bancos”, aclaró Rosales.
Cuando existe un título ejecutivo, el embargo preventivo tiene la finalidad de evitar la venta o donación de bienes con el fin de que se oculten, es decir, se ofrece una garantía en lo que se salda la deuda. En el caso del embargo apremiativo, la medida tiene como finalidad el orillar al deudor a pagar.
El debido proceso
En ambos casos, debe existir una notificación personal en el domicilio del deudor por parte de un actuario judicial, si el deudor no se encuentra, la diligencia se puede atender con algún otro familiar mayor de 18 años.
Una vez que exista la notificación y el juicio comience, considera que será un juicio relativamente rápido, donde la autoridad primero exhorta a que se llegue a un acuerdo de pago, si no se llega, ambas partes tendrán que exponer sus argumentos para la ejecución o suspensión del embargo.
“Actualmente en la CDMX, estos juicios tienen una duración promedio entre ocho meses y un año y medio, entre la notificación y la sentencia”, explicó Rosales y agregó que se puede alargar si se recurre a la apelación.
Evita malas prácticas y fraudes
No existe un monto mínimo para emprender el juicio por embargo, no obstante, instituciones bancarias y tiendas departamentales lo llevan a cabo, principalmente, en deudas importantes o cuando no logran dar con el deudor.
Diferente a la renegociación de la deuda, un despacho de cobranza puede llevar a cabo este proceso legal; es posible que adquieran tu deuda y se conviertan en los acreedores de ésta. Si es un despacho de cobranza quien te está demandando, debe estar inscrito en en el Registro de Despachos de Cobranza (Redeco), publicado en la página web de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros.
“Si el juez dio sentencia y te van a embargar, es importante saber que (los bienes) se quedan a resguardo de un depositario nombrado por el acreedor y tendrás la posibilidad de escoger los bienes que se te embargarán”, aclaró Rosales.
Si consignas bienes y aún no cubren el valor de la deuda, la autoridad podrá embargar dinero en efectivo, alhajas y joyas, frutos y rentas (cosechas por ejemplo) y bienes muebles o inmuebles que no representen una necesidad cotidiana o sean de lujo.
“No te pueden embargar bienes necesarios para el trabajo del deudor, bienes de necesidad cotidiana como colchones, ropa o cualquier artículo que atente contra la dignidad de la familia”, precisó Gerardo Rosales.
Una vez que el deudor cubra el pago adeudado, se destraba el embargo y el deudor recupera sus pertenencias. Si el deudor no paga, los bienes pasarán a ser propiedad del acreedor y la mancha en el score crediticio será aún más grande.