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El fantasma de Gabriel Contreras en el IFT
Una reciente decisión del IFT que beneficia a AT&T alborotó un viejo fantasma al interior de ese instituto: la posibilidad de que Gabriel Contreras Saldívar, expresidente del IFT y hoy abogado principal de la telefónica AT&T, mantenga influencia sobre funcionarios del regulador de las telecomunicaciones de México.
En noviembre pasado, el pleno del IFT (Instituto Federal de Telecomunicaciones) evitó aplicar una sanción específica en la ley contra AT&T y optó por una sanción genérica de mucho menor cuantía. La sanción que estipula la ley debía ser de por lo menos 432 millones de pesos, considerando los ingresos de AT&T, pero quedó en una de 4 millones, 99% menos de lo que correspondía. La decisión fue unánime: los cuatro comisionados del pleno votaron a favor. Para satisfacción de AT&T.
Gabriel Contreras fue presidente del IFT hasta febrero de 2020. Personas funcionarias de primer nivel operando hoy en el instituto llegaron por invitación de Contreras. Una de ellas, por ejemplo, es Fernanda Arciniega Rosales, ascendida en mayo pasado a titular de la Unidad de Cumplimiento, la oficina responsable de diseñar las sanciones contra los sujetos regulados por el IFT, como AT&T.
En junio de 2022, las puertas giratorias pusieron a Contreras en la vicepresidencia jurídica de AT&T, la segunda compañía de telecomunicaciones en México y la más grande a escala global por volumen de ingresos.
Días después del fichaje de Contreras, la contraloría interna del IFT advirtió de que algunos funcionarios del instituto podrían caer en conflicto de interés o presentar un “desempeño parcial y subjetivo de sus obligaciones en razón del afecto personal o gratitud hacia esa persona (Gabriel Contreras)”.
“El buen desempeño de las personas servidoras públicas que hayan sido designadas o estén vinculadas con el excomisionado se vuelve vulnerable legal y éticamente”, escribió la titular de la contraloría, Gricelda Sánchez Carranza, en un oficio dirigido al comisionado presidente del IFT, Javier Juárez Mojica (expediente IFT/300/OIC/279/2022).
La sanción contra AT&T fue por su desacato a colaborar con las autoridades de seguridad y justicia en investigaciones sobre secuestros, desapariciones y delincuencia organizada en las que pudieron estar en riesgo la vida y la seguridad de personas.
En 9 ocasiones entre 2017 y 2018 diversas autoridades requirieron a AT&T datos personales, metadatos de comunicaciones o la localización geográfica del teléfono de algunos de sus clientes y en esas 9 ocasiones la compañía entregó la información a destiempo, de acuerdo con detalles de la resolución a los que tuve acceso.
Desde la presidencia del IFT, Gabriel Contreras conoció en 2019 del inicio de la investigación contra AT&T. En 2022, los roles cambiaron: Contreras ahora defiende a AT&T contra el IFT.
El proyecto de sanción original contemplaba la multa de los 432 millones de pesos. Quizá fue el pago de favores o “el afecto personal o la gratitud” que advirtió la contraloría interna, pero llegó noviembre y el pleno aprobó una multa por una centésima parte de lo estipulado en la ley (artículo 298, inciso C, fracción V de la LFTR).
Coincidencias o no, el pleno del IFT impartió una justicia discrecional a favor de AT&T con una supuesta “interpretación pro persona, progresista y proteccionista de los derechos” de la compañía. Actuó como autoridad jurisdiccional y, más papista que el Papa, dictaminó que la sanción específica que correspondía a AT&T es excesiva.
El IFT abrió la opción de que cualquier desacato reciba una sanción genérica, sin fuerza disuasoria ni reputacional para los incumplidos. La ley existe, pero no existe instituto que quiera hacerla cumplir.
A los comisionados Javier Juárez Mojica, Ramiro Camacho Castillo, Arturo Robles Rovalo y Sóstenes Díaz González les gustó el proyecto de sanción que diseñó la Unidad de Cumplimiento de Fernanda Arciniega y —quizá sin pensarlo o sin quererlo o sin leerlo— lo aprobaron por unanimidad en beneficio de AT&T, crearon un precedente lamentable y alborotaron el fantasma de la influencia de Contreras en el IFT.