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Suena a banco pero no es un banco
Seguramente, has escuchado o visto expresiones como challenger bank, o neo banco, y otras similares, y eso acompañado de publicidad fresca, juvenil y más cercana a la gente, se vuelve definitivamente atractivo, pero es importante que tengas presente que en nuestro país sólo hay 50 Bancos autorizados; todo lo demás puede ser cualquier otra cosa, pero ciertamente no es un banco.
Tradicionalmente la figura del Banco y el Banquero, representa status y reconocimiento social, ¿a quién no le gustaría tener un Banco y ser un banquero?; suena bastante bien, ¿o no?, en realidad es el más claro referente del sector financiero; y en ocasiones esa tentación se materializa en utilizar expresiones como las citadas, no obstante no tratarse de ese tipo de Entidad Financiera.
Alguien podría cuestionar, ¿y qué pasa si esto sucede? Sobre todo si sólo se trata de un anuncio o entrevista con fines publicitarios, y la respuesta es clara: hay consecuencias importantes. El marco normativo que regula a las Entidades Financieras y los servicios que ofrecen, busca entre otras cosas, proteger los intereses de los clientes de éstas, y para ello, existen diferentes tipos de entidades, reguladas a su vez bajo distintas leyes siendo entonces muy importante que cuando el usuario cree que contrata con un Banco, sea eso, y no otro tipo de Entidad, aunque también esté regulada y supervisada.
Dicha finalidad la podemos ver contemplada en las diferentes legislaciones financieras, en donde hay ciertas palabras que quedan restringidas para ser usadas sólo por Entidades que hayan sido autorizadas para ello, y por el contrario, prohibiendo que quien no cuente con dicha licencia utilice tales expresiones en aras de evitar confusiones a los clientes. Por ejemplo, la Ley de Instituciones de Crédito (LIC), en su artículo 105, expresamente restringe la utilización de la palabra “banco” en español o cualquier otro idioma, dentro del contexto de la actividad financiera (consecuentemente se exceptúa cuando se refiere a un banco de sangre, por ejemplo), cayéndose en falta si se usa y no cuentan con la referida autorización. El incumplir conlleva para el infractor responsabilidades administrativas e incluso penales; no es tema menor.
La Comisión Nacional Bancaria y de Valores publica en su portal las sanciones que impone, sumando históricamente importes millonarios los que han tenido que pagar algunas Entidades también autorizadas pero de otros sectores como Fintech, que por motivos de mercadotecnia han utilizado estas expresiones; así como de los que sin contar con algún tipo de licencia de Entidad Financiera, han también cometido esta falta.
Y lo más interesante de esto, es que también pasa cuando se habla de temas bursátiles o de financiamiento popular, porque en las legislaciones correspondientes, igualmente hay palabras con uso restringido en el sector financiero, pero entre el interés de ganar mercado y la generalización de la repetición que se da a veces en algunos medios, se va constituyendo la percepción de normalidad para los usuarios nacionales, y más aún cuando se trata de extranjeros.
Finalmente, la sugerencia es que cuando vayas a contratar servicios financieros con una Fintech, Sofipo, Sofom, Banco, u otro tipo de Entidad Financiera, no lo hagas por como se ve o como suena, sino por lo que realmente es y te ofrece. Cada una de estas figuras tiene ventajas y conveniencias que pueden ser las adecuadas para ti; aprovecha que esta información puedes fácil y rápidamente verificarla en los portales oficiales.
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