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Cámara de Diputados concreta facultad de la Guardia Nacional para intervenir comunicaciones
El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó las cuatro reformas secundarias que dan sustento a la actuación de la Guardia Nacional, cuyos elementos se encuentran desplegados desde hace semanas en el territorio nacional desempeñando labores policiales.
El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó las cuatro reformas secundarias que dan sustento a la actuación de la Guardia Nacional, cuyos elementos se encuentran desplegados desde hace semanas en el territorio nacional desempeñando labores policiales.
Este jueves en el periodo extraordinario convocado, la Cámara de Diputados aprobó en lo general y en lo particular las leyes de la Guardia Nacional (427 votos a favor y tres en contra); la ley del uso de la fuerza (397 a favor, seis en contra y 26 abstenciones); la ley nacional del registro de detenciones (425 votos a favor y dos en contra) y la reforma a la Ley Sistema Nacional de Seguridad Pública (421 votos a favor y dos en contra).
Con la reformas aprobadas ha quedado lista, en todos sus ámbitos, la Guardia Nacional, la nueva corporación de seguridad pública que se prevé que tenga un carácter casi en su totalidad militar al menos durante los próximos cinco años.
Las atribuciones que se le dotaron al nuevo cuerpo de seguridad van desde detener a personas por infracciones administrativas, intervenir comunicaciones —con una solicitud previa a un juez— y redes públicas de Internet, hasta vigilar las aduanas y cruces fronterizos, así como investigar delitos del ámbito común y federal.
En materia de inmigración, en la ley de la guardia se estipula la atribución como agentes migratorios que podrán realizar los elementos de la corporación.
De acuerdo con el artículo nueve, fracción XXXV de la norma aprobada, los elementos podrán: “Realizar, en coordinación con el Instituto Nacional de Migración, la inspección de documentos migratorios de personas extranjeras, a fin de verificar su estancia regular, con excepción de las instalaciones destinadas al tránsito internacional de personas y, en su caso, proceder a presentar a quienes se encuentren en situación irregular para los efectos previstos en la ley en la materia”.
A la Guardia Nacional se le da también la atribución de realizar acciones de “vigilancia, monitoreo y rastreo de la red pública de Internet sobre sitios web”, para obtener datos relacionados con actividades delictivas.
Por otra parte, en la ley del uso de la fuerza se indica que cada vez que haya un enfrentamiento con armas, los elementos de la Guardia deberán de realizar un informe pormenorizado de la situación por la cual se originó el enfrentamiento, entre otras disposiciones.
Esta ley fue vituperada por la Oficina de la Alta Comisionada de Naciones Unidas para los Derechos Humanos, por considerar que se puede vulnerar el derecho a la protesta de los mexicanos, además de señalar que se omitió la integración de un observatorio independiente que vigile el uso de la fuerza de la corporación, como instó a México la Corte Interamericana tras la resolución del caso Alvarado.
Las reformas fueron turnadas al Ejecutivo federal para su publicación en el Diario Oficial de la Federación y con ello entren en vigor.
Al final de la sesión, la Mesa Directiva turnó a comisiones la legislación reglamentaria en materia de Extinción de Dominio.