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¿Cómo solicitar la amnistía? Segob publica lineamientos

La Secretaría de Gobernación detalló que los presos a quienes se les haya dictado sentencia firme, que no sean reincidentes respecto del delito por el que están indiciados o sentenciados por delitos graves, podrán solicitar la amnistía.

Foto EE: Archivo

Los presos a quienes se les haya dictado sentencia firme, que no sean reincidentes respecto del delito por el que están indiciados o sentenciados por delitos graves, podrán ya solicitar a la Secretaría de Gobernación (Segob) la amnistía.

La dependencia federal publicó los lineamientos para el procedimiento de atención de las solicitudes.

Podrán presentar una solicitud ante la Comisión de Amnistía la persona interesada, su representante legal, las personas que tengan una relación de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el cuarto grado con la persona interesada; y los organismos públicos de defensa de los derechos humanos.

La solicitud de amnistía deberá estar dirigida a la Comisión y deberá presentarse preferentemente por escrito o, en su defecto, vía electrónica. Deberá incluir nombre completo, fecha de nacimiento y firma de la persona que solicita el beneficio de la amnistía.

Asimismo, número del expediente judicial, carpeta de investigación o averiguación previa, y el juzgado federal en el que está radicada la causa penal federal sobre la que se solicita la amnistía.

De estar vinculada a otro proceso penal local o federal, el número de expediente y el juzgado en el que esté radicado; establecer los delitos por los cuales se solicita el beneficio de la amnistía,

En el caso de que la solicitud sea presentada por organismos públicos defensores de derechos humanos, el escrito de solicitud deberá ser firmado por la persona titular o el representante legal de dicho organismo, y en el caso de que la solicitud sea presentada por un familiar de la persona interesada, se debe adjuntar a la solicitud de contar con ella, el original de la documental pública expedida por la oficina del registro civil, con el cual se acredite, de manera fehaciente, el parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el cuarto grado con la persona interesada en obtener la amnistía, o en su defecto, mediante constancias expedidas por la autoridad municipal.

El escrito deberá contener un domicilio, correo electrónico y datos de contacto del representante legal o de la persona autorizada para recibir documentación y notificaciones, acompañando de una identificación oficial, en original y copia simple para su cotejo, o escaneado de presentarse por la vía electrónica.

Las solicitudes físicas deberán presentarse en las oficinas de la Secretaría Técnica, ubicadas en la calle de General Prim 21, Colonia Centro, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06600, Ciudad de México; las solicitudes por vía electrónica deberán enviarse a la dirección de correo electrónico amnistia@segob.gob.mx.

La Secretaría Técnica deberá asegurarse de que las solicitudes procedentes sean analizadas y discutidas por la Comisión antes de cumplir el plazo de cuatro meses desde la fecha de su presentación.

De las solicitudes no procedentes la Secretaría Técnica rendirá un informe circunstanciado a la Comisión y se notificará, por escrito o por vía correo electrónico, la persona interesada de la negativa de la procedencia de la solicitud.

jmonroy@eleconomista.com.mx

kg

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