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Política

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Confirman expulsión de Selvas Carrola del PAN

El Tribunal Electoral del Distrito Federal confirmó la expulsión del panista quien argumentaba que ésta se dictó fuera del plazo señalado por el reglamento interno del PAN.

El Tribunal Electoral del Distrito Federal (TEDF) confirmó la expulsión de Mario Enrique Selvas Carrola, quien argumentaba que ésta se dictó fuera del plazo señalado por el reglamento interno del Partido Acción Nacional (PAN).

En sesión pública, el pleno del TEDF concluyó que sí se respetó el plazo de 40 días que tiene la Comisión de Orden del Consejo Nacional del PAN para emitir sus resoluciones, luego de comprobarse que en 2012 apoyó la campaña del perredista Víctor Hugo Romo a la jefatura delegacional en Miguel Hidalgo.

De acuerdo con la oficina de prensa del TEDF, al resolver el juicio para la protección de los derechos político-electorales de los ciudadanos JDC-161/2014 el órgano jurisdiccional local declaró infundados e inoperantes los agravios expresados en ese sentido por Selvas Carrola.

El panista señalaba que la Comisión de Orden omitió examinar y verificar que la audiencia celebrada el 2 de septiembre de 2013, durante el procedimiento administrativo sancionador, se desarrollara conforme a los términos establecidos en el Artículo 44 del reglamento sobre aplicación de sanciones del PAN.

Sin embargo, en el recurso de reclamación ante el propio órgano responsable, Selvas no realizó manifestación alguna al respecto, por lo que la Comisión de Orden no estaba obligada a suplir tal omisión y estudiar de oficio dicha irregularidad.

Además el ahora ex militante panista se quejaba de la indebida admisión y valoración de la confesión que realizó en la audiencia del 2 de septiembre de 2013, sin embargo como en el agravio anterior no señaló esa inconformidad en su recurso de reclamación.

En otro asunto, el órgano jurisdiccional capitalino confirmó los resultados de la Consulta Ciudadana sobre la reconstrucción del mercado público con estacionamiento subterráneo en la Colonia Villa Milpa Alta, delegación Milpa Alta.

Al resolver el juicio electoral 013/2014, las y los magistrados declararon inoperante el argumento de que los locatarios del mercado debieron haber participado en la consulta a pesar de no ser vecinos de la colonia.

No obstante, como la mayoría de los ciudadanos consultados estuvo a favor de la reconstrucción del mercado, aunque los locatarios hubieran votado en contra, los resultados no se hubieran modificado , precisó el pleno.

Asimismo se declaró infundado el argumento de que las boletas fueron utilizadas de forma indebida y que fueron emitidas sin los mínimos requisitos de identificación tales como sello y folio, pues se emplearon reglas y mecanismos para garantizar la certeza en el desarrollo y los resultados de la consulta.

Al dictar sentencia al juicio electoral 008/2014, el TEDF confirmó por mayoría el acuerdo emitido por el Consejo General del Instituto Electoral del Distrito Federal (IEDF), mediante el cual se declaró improcedente el registro de Residentes Unidos por Bosques de las Lomas, A.C. como organización ciudadana en la delegación Cuajimalpa.

Ello debido a que ni la citada asociación civil ni algunos de sus integrantes tienen su domicilio legal en la delegación Cuajimalpa, lo cual es un requisito contemplado por la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal.

mac

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