Buscar
Política

Lectura 5:00 min

Directrices, para feminicidio; exigen acabar con impunidad

El OCNF reconoció que la propuesta de homologación para este delito, presentada por la Cámara de Diputados y la FGR a los congresos locales, es un paso para erradicar la violencia.

Foto: Reuters

El Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio (OCNF) reconoció que la propuesta de homologación para este delito, presentada por la Cámara de Diputados y la Fiscalía General de la República (FGR) a los congresos locales, es un paso para erradicar la violencia, pero advirtió que no hay propuestas integrales para sancionar la corrupción e impunidad en las investigaciones y las sentencias.

Tras la controversia por las declaraciones del titular de la FGR, Alejandro Gertz, quien propuso en San Lázaro eliminar el tipo penal de feminicidio por la dificultad de clasificar el delito y acreditarlo como homicidio, se instaló un grupo de trabajo entre congresistas y la Fiscalía para proponer una homologación del tipo penal de este delito, que se hizo pública este jueves.

Entrevistada por El Economista, la coordinadora del OCNF, María de la Luz Estrada, destacó que el problema para erradicar y sancionar adecuadamente las violencias contras las mujeres radica en la ausencia de personal especializado y falta al deber en la debida diligencia.

“Está bien tratar de incorporar elementos para que los estados mejoren el tipo penal, pero el problema está en la acreditación, ya que no tenemos en las fiscalías cuerpos especializados para realizar los peritajes en criminalística, ni siquiera peritos en análisis que identifiquen las violencias comunitarias o familiares. Cuando en el feminicidio pudo haber estado involucrado el tema de trata o crimen organizado, las autoridades de facto no investigan”.

La propuesta presentada este jueves incluye nuevas agravantes al tipo penal, entre ellas, el aumento de la pena si se suministró estupefacientes a la víctima, y si el feminicidio lo comete algún funcionario encargado de la prevención, persecución o sanción del delito o de ejecución de penas.

Asimismo, se modifican algunas razones de género para ampliar los supuestos que abarcan, ya que se considera la relación laboral y docente entre el feminicida y la víctima, y amenazas directas o indirectas contra la víctima.

Respecto de la derogación del texto “en caso de que no se acredite el feminicidio, se aplicarán las reglas de homicidio”, la coordinadora del Observatorio consideró que eliminarlo sería un error.

“Sí es necesario contemplar ese enunciado, porque si durante el juicio no se acredita el feminicidio, un juez poco garantista podría dejar en libertad al acusado si el MP no hace una reclasificación previa a homicidio, pero con ese enunciado el juez tendría al menos que condenar por homicidio, por eso es necesaria”, destacó Estrada Mendoza.

Durante la presentación del documento, el fiscal Alejandro Gertz dijo que el proyecto de tipo penal es sólido, sin embargo, planteó agregar: “En la investigación de todos los hechos en los que se prive de la vida con violencia a una mujer, el Ministerio Público está obligado a constatar si existe alguna de las razones de género previstas, para que en su caso se apliquen”.

Expuso que se trata de obligar al Ministerio Público de que cada vez que haya una muerte violenta de una mujer, tenga que ir a este tipo penal, independientemente del homicidio, para ver si es posible lograr el castigo suficiente.

Por otra parte, la promotora de los Derechos Humanos y de la Igualdad entre Mujeres y Hombres, Patricia Olamendi, reconoció que se realizaron adiciones como las amenazas previas o la trata y explotación; sin embargo, alertó, “no es nada significativo, porque el problema no lo tenemos a nivel federal sino en los estados”.

Recordó que desde hace años la Convención sobre la Eliminación de toda forma de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) solicitó a México establecer un Código Penal Único para combatir y sancionar la violencia de género contra las mujeres.

“Esta propuesta de la Cámara y la Fiscalía no está mal, pero no resuelve el problema de fondo porque seguimos con distintos tipos penales y un Código Penal Único no lo tenemos a través de esta estrategia, porque es evidente que en los estados no hay acuerdo”, indicó.

También resaltó que esta propuesta no nace de la sociedad civil, sino de las declaraciones de Gertz Manero al proponer eliminar el tipo penal de feminicidio por la “dificultad de su clasificación”, y agregó que “han pasado ocho años de armonización legislativa; el problema no es legislar en materia feminicida, sino la impunidad, porque los Ministerios Públicos y las Fiscalías siguen acreditando como quieren”.

Tipificación del delito

  • Sanción de 40 a 60 años de prisión y de 500 a 1,000 días multa para quien cometa el delito.
  • Se consideran las relaciones laborales y docentes entre el sujeto activo y la víctima.
  • Se incorpora la relación de parentesco por consanguinidad o afinidad.
  • Se reconocen las amenazas directas o indirectas para la comisión del delito.
  • Se agregan las conductas “arrojar” y “depositar”, relacionadas con la intención de desaparecer el cadáver de la víctima.
  • Se reconoce la trata y explotación para facilitar la imputación de los feminicidios.
  • Incrementa la pena si se suministran estupefacientes para causar la inconsciencia de la víctima.
  • Aumenta la pena si el delito es cometido por un servidor público con funciones de prevención o persecución del delito.
  • Aumenta la pena si comete el delito un prestador de servicios de seguridad privada.
  • Se deroga que en caso de que no se acredite el feminicidio, se aplicarán las reglas del homicidio.

marisol.velazquez@eleconomista.mx

Únete infórmate descubre

Suscríbete a nuestros
Newsletters

Ve a nuestros Newslettersregístrate aquí

Últimas noticias

Noticias Recomendadas