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Política

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Echan abajo candado de reelección legislativa

Termina la Suprema Corte revisión de impugnaciones en el rubro electoral.

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidó las causales de nulidad de las elecciones establecidas en la Constitución de la Ciudad de México, así como la restricción a los diputados a reelegirse sólo una vez.

Así mismo, los ministros validaron las circunscripciones internas de las alcaldías en la capital, el tope máximo de 40 escaños para un partido político y la lista B de los candidatos a diputados por representación proporcional.

Con estas resoluciones la Corte concluyó de analizar las acciones de inconstitucionalidad en materia electoral, promovidas por Morena, Nueva Alianza y la Procuraduría General de la República en contra de la Carta Magna capitalina.

Sobre las causales de nulidad de la elección, el ministro ponente Javier Laynez Potisek, consideró que hay una violación al principio de seguridad jurídica en lo referente al rebase en el tope de gastos de campaña conforme a los estipulado en la Constitución, pues no hay certeza de si aplica o es similar a lo que dice la Carta Magna Federal.

Las presunciones y los límites que puso la Constitución Federal no se repiten o no se retoman en la Constitución local, para mí, es un principio únicamente de certeza jurídica en cuanto a que se haya repetido, sin que quede claro si son nuevas o repiten, y no repiten exactamente con la misma redacción del texto constitucional.

Esto, refirió el ministro, me parece particularmente grave, tomando en cuenta que la experiencia demuestra que son de las más litigiosas una vez concluidas las elecciones.

Con relación a la reelección de los diputados, el proyecto refirió que limitar ésta sólo a un periodo es inconstitucional, pues el Artículo 122 de la Carta Magna Federal refiere que los legisladores pueden ser electos hasta por cuatro periodos consecutivos.

La frase hasta por cuatro elecciones es un límite máximo para evitar la reelección ilimitada o vitalicia, pero no significa que las legislaturas locales, una vez que se suprimió la prohibición histórica de no reelección, puedan limitar la posibilidad de reelección de cuatro hacia abajo , explicó.

Mucho menos, continuó Laynez, una sola reelección, donde me parece evidente que no se cumplen precisamente los objetivos que tuvo el Constituyente Permanente al suprimir de nuestra Constitución la prohibición de no reelección legislativa.

En la argumentación se destacó que la reelección permite crear vínculos más estrechos entre representantes y representados, la profesionalización del Congreso, así como otorgar más poder al ciudadano pues con el voto podrá premiar o sancionar a los representantes populares.

Gobierno celebra resoluciones

El Gobierno de la Ciudad de México celebró las resoluciones de la Suprema Corte.

En conferencia de prensa, el consejero jurídico y de Servicios Legales, Manuel Granados, dijo que ante la resolución de la Corte no se pone en riesgo ningún precepto para la elección del próximo año en la ciudad y no hay necesidad de llevar a cabo un referéndum o consulta popular para someter a aprobación la Constitución Política de la CDMX .

Añadió que la Corte determinó que se cumplieron con las consultas a comunidades indígenas, así como a personas con discapacidad. No se invalida todo el cuerpo normativo constitucional , añadió.

El funcionario precisó que fueron 18 disposiciones normativas impugnadas; de éstas, 11 fueron desechadas; en cinco se declaró la validez de la norma y dos fueron invalidadas.

Estimó que la Corte iniciará en mes y medio la segunda etapa de análisis de los temas que restan de la Constitución Política de la CDMX.

El jefe de Gobierno, Miguel Ángel Mancera, dijo que a partir de este momento la Constitución va y va con fuerza .

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