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INE contabiliza 1,179 denuncias por hostigamiento sexual o laboral y sólo en 11.9% hubo sanción
De acuerdo con el INE, además de aplicar sanciones, de manera paralela ha explorado acciones reparatorias, como la obligatoriedad de cursos y talleres para funcionarios sancionados por hostigamiento laboral.
En los últimos tres años y medio, alrededor de 1,179 denuncias por hostigamiento y acoso sexual y laboral se han presentado al interior del Instituto Nacional Electoral (INE); no obstante, cerca del mitad de los casos han sido archivados o no se inicio alguna investigación.
Mientras que a la fecha, sólo 141 denuncias (11.9%) concluyeron en una amonestación, suspensión o extinción de responsabilidad laboral.
De acuerdo con un reciente informe trimestral sobre los casos presentados en el marco del Protocolo para prevenir, atender y sancionar el hostigamiento y acoso sexual y/o laboral de la Comisión de Igualdad de Género y No Discriminación del INE, del total de denuncias presentadas entre 2021 y el 15 de junio del 2024, el 49.7%, es decir, 586 casos fueron archivadas o no se inicio investigación.
Asimismo, el INE detalló que el 80% del total de los asuntos han concluido, mientras que 291 se mantienen en trámite, los cuales corresponden a casos de 2023 y a 2024.
Sobre la resolución de las 939 denuncias que se han atendido, el INE indicó que 336 fueron archivadas; 174 se llegó a una conciliación (con y sin acuerdo) y en 250 no se inició una investigación.
Asimismo, se resolvieron 171 casos y en 8 más se solicitó una opinión especializada.
En el caso de las denuncias que fueron resueltas, se observó que 33 casos concluyeron en una absolución de la persona señalada; en 46 se aplicó una amonestación; en 61 se suspendió al responsable.
Mientras que en 29 casos se destituyó al agresor; en 11 se aplicó un sobreseimiento del caso y 5 hubo extinción de responsabilidad laboral.
De acuerdo con el INE, además de aplicar sanciones, de manera paralela ha explorado acciones reparatorias, como la obligatoriedad de cursos y talleres para funcionarios sancionados por hostigamiento laboral.
Por otro lado, al presentar las cifras correspondientes a marzo y junio de este año, el INE informó que ha recibido 193 quejas, de estas 11% son por conductas relativas a hostigamiento y acoso sexual, y el resto por conductas constitutivas de hostigamiento y/o acoso laboral.
Del universo de las 193 quejas, 51 se encuentran en la fase de atención integral, es decir, el 26%, mientras que el 27% está en la fase previa para determinar el inicio o no de un procedimiento laboral sancionador; el 10% se ubican en instrucción y resolución y el resto (34%) son asuntos resueltos.
En este contexto, se destacó que entre marzo y junio, al contabilizarse 74 quejas de hostigamiento laboral, se representa un incremento del 60% comparado con el primer informe del año.
Finalmente, este reporte del INE concluye que a partir de la información estadística se observa que dominan las denuncias por hostigamiento laboral y en menor medida las de hostigamiento sexual, “lo que podría inducir a que la conducta no se presenta con frecuencia o que es necesario impulsar estrategias de visibilización”.
También se infiere que las denuncias por hostigamiento sexual reciben por la naturaleza de los hechos mayor atención, pues a todas se les brinda atención psicológica, en contraste, de las quejas de hostigamiento laboral en donde solo se brinda a 1 de cada tres asuntos.
Por otro lado, también se argumentó que en cuanto a los acuerdos de inicio o no inicio del procedimiento laboral sancionador, “es obligatorio contar no solo la descripción de los hechos, sino con las pruebas que lo acrediten, por lo que cuando la autoridad advierte que no se acredita en modo indiciario los hechos materia de la denuncia, no hay la posibilidad de que el hecho actualice la conducta típica por lo que, bajo una perspectiva de acceso a la justicia y, en aras de preservar el principio de presunción, es procedente determinar el no inicio del procedimiento laboral sancionador”.