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Migración debe informar sobre tratamiento de datos biométricos en el AICM: Inai
A partir de un recurso de revisión presentado por una persona, el Inai le instruyó al Instituto Nacional de Migración (INM) entregar información referente al número de personas que han sido reconocidas de forma correcta o incorrecta usando estos sistemas.
El Instituto Nacional de Migración (INM) debe informar sobre el tratamiento que da a los datos biométricos que recauda en el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM), instruyó el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai) en la sesión del pleno de este lunes 18 de diciembre.
La instrucción, que parte de la ponencia de la comisionada Blanca Lilia Ibarra, deriva de una solicitud de información hecha al Instituto Nacional de Migración sobre los sistemas de identificación biométrica que usa dentro de los Filtros Migratorios en el Aeropuerto Benito Juárez de la Ciudad de México.
Quien hizo la solicitud presentó un recurso de revisión ante el Inai pues la respuesta del INM fue que en el aeropuerto se utilizan Filtros Migratorios Autónomos, implementados en 2022, que no incluyen sistemas de verificación biométrica, esto pese a que en la modalidad “Viajero Confiable” sí se utiliza el escaneo de huellas digitales y lectores de rostro o iris.
Entre la información que debe entregar el Instituto Nacional de Migración se encuentran “los fundamentos legales para la utilización de estos sistemas (de identificación biométrica), el número de personas reconocidas correcta e incorrectamente, la cantidad de registros que conforman las bases de datos generadas, el tratamiento que recibe dicha información y el análisis del impacto al derecho a la privacidad que tiene la aplicación de esta tecnología que puede incluir lectores de rostro o iris”, según un comunicado enviado por el Inai.
De acuerdo con el Diccionario de Datos Personales, publicado por el Inai, los datos personales biométricos son datos personales de carácter sensible que hacen referencia a las propiedades físicas, fisiológicas, de comportamiento o a rasgos de la personalidad, los cuales son mensurables y conciernen a una persona física identificada o identificable.
Entre las técnicas para recabar datos personales biométricos se encuentran la comprobación de huellas digitales, el análisis de la imagen del dedo, el reconocimiento del iris, el análisis de la retina, el reconocimiento facial, los resultados de muestras de las manos, el reconocimiento de la forma de la oreja, la detección del olor corporal, el reconocimiento de la voz, el análisis de muestras de ADN y el análisis de los poros de la piel.
“El reconocimiento facial puede dar falsos positivos, generando la detención arbitraria de personas inocentes, como ya ha sucedido en países de nuestra región (...) Por otra parte, si todo patrón de huella o de rostro se convierte en un código numérico, entonces un criminal podría intentar robar estos códigos”, dijo la comisionada Blanca Lilia Ibarra durante la sesión del pleno del Inai.
rodrigo.riquelme@eleconomista.mx
kg