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Política

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Oficializan nulidad de elecciones por publicidad atemporal

El comprar o adquirir cobertura informativa o tiempos en radio y televisión fuera de los supuestos previstos en la ley, será motivo de que se anulen las elecciones federales o locales.

A dos días de vencer el plazo para publicar reglas electorales, la Secretaría de Gobernación publicó la reforma al artículo 41 de la Constitución para garantizar que la adquisición de tiempos en radio y televisión por parte de partidos y candidatos será causal de nulidad de comicios.

El Instituto Nacional Electoral (INE) decidió iniciar el 7 de octubre próximo el proceso federal electoral, con lo que abrió unos días –hasta este 9 de julio- para que los legisladores pudieran realizar modificaciones a las leyes electorales y éstas se publicaran.

El decreto de la reforma al artículo 41 especifica que dentro de los casos de nulidad de las elecciones, el supuesto de que podrán ser declaradas inválidas en caso de adquirir cobertura informativa o tiempos en radio y televisión, fuera de los supuestos previstos en la ley, y no limitarlo solamente a la acción de comprar .

De acuerdo con la minuta aprobada por los legisladores federales, esta reforma pretende evitar la simulación que se puede dar al obtener de forma indebida cobertura informativa o tiempos en radio y televisión, al destacar que la obtención de espacios en los medios de comunicación no necesariamente se da por medio de la contratación de los mismos, sino que puede haber otras formas susceptibles de ser utilizadas por partidos y candidatos para tener mayor cobertura informativa e incidir de esta manera en la decisión de la población en plena desventaja de sus adversarios. Con esta reforma queda plenamente garantizado que una elección podría anularse no sólo por la compra de espacios sino también por donación o dación en pago.

Cabe recordar que esta reforma se inició en el Congreso el 4 de marzo del 2014, cuando el presidente Enrique Peña Nieto envió al Senado una iniciativa con dicho propósito.

jmonroy@eleconomista.com.mx

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