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Política

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Ordena juez quitar bloqueos en Bucareli

El Juzgado Decimosexto de Distrito en Materia Administrativa de la Ciudad de México amparó el libre tránsito de John Andrew Auping Birch, vecino de la zona.

Por orden de un juez federal, la Secretaría de Seguridad Pública (SSP) de la Ciudad de México debería retirar a todo grupo de manifestantes que se plante cerca de la Secretaría de Gobernación de forma indefinida.

Ello luego de que el Juzgado Decimosexto de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México amparó el libre tránsito de John Andrew Auping Birch, quien acudió al juicio de interdicción en contra de un bloqueo y acreditó su domicilio en la zona bloqueada.

Este recurso, interpuesto en el mes de marzo del año en curso, resultó en la orden judicial que instruye retirar el bloqueo ocasionado por el plantón ubicado avenida Bucareli. De no interponer recurso en contra, la Secretaría de Seguridad capitalina tiene la obligación de acatar el fallo.

En los últimos meses en el plantón permanente se ha ubicado el Movimiento Antorchista; organizaciones campesinas como la Coordinadora Nacional Plan de Ayala y la Coordinadora Nacional de Trabajadores de la Educación (CNTE).

De acuerdo con los antecedentes del caso, Auping Birch reclamó al jefe de Gobierno y a los secretarios de Movilidad y de Seguridad Pública de la Ciudad de México no aplicar la Ley de Movilidad del Distrito Federal, en lo relativo a la obligación de asegurar la utilización de las vialidades a sus habitantes.

Ello, debido a la imposibilidad de transitar por avenida Bucareli, en el tramo comprendido desde la calle Morelos hasta la Secretaría de Gobernación. La inconformidad del vecino surgió debido a un plantón instalado en esa zona y a la respuesta de la SSP de realizar cortes a la circulación, así como de revertir el sentido de la calle Morelos. El quejoso no podía circular por avenida Bucareli y lo obligaba a transitar en sentido contrario por la calle Enrico Martínez, donde acreditó tener su domicilio.

John Andrew argumentó que la omisión de las autoridades responsables de cumplir con la obligación de garantizar el uso adecuado de las vialidades vulneró su libertad de tránsito.

El juez federal analizó la relación entre el derecho a manifestarse y el derecho a la libre circulación. De acuerdo con la sentencia, la autoridad expuso que la manifestación pública se reconoce como un medio para manifestar opiniones y como mecanismo de exigencia, elemento necesario para una sociedad democrática; sin embargo, una de las garantías fundamentales que con mayor frecuencia resulta afectada por ese derecho es la libertad de tránsito.

El juez concluyó que el deber de garantizar el derecho a manifestarse públicamente no tiene el alcance de proteger el bloqueo deliberado de las vías de circulación, pues de otra manera se autorizaría que se vulneraran los derechos de la colectividad .

ana.langer@eleconomista.mx

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